La empresa, con la irrupciónn de la IA, comenzó a perder clientes y acumular pérdidas, lo que le obligó a reducir para la plantilla para evitar el cierre.
Derecho laboral - Página 5
La trabajadora padece un síndrome de dolor pélvico crónico que, según afirma, empeoró por las presiones que sufría de la empresa.
Si un trabajador está disfrutando de un permiso de paternidad y tiene un hijo con una segunda mujer, el nacimiento de ese segundo hijo no provoca la pérdida de los días de permiso pendientes que tiene del primero.
El Estatuto de los Trabajadores establece que el contrato sigue vigente (con sus obligaciones de asistencia) hasta que un juez declare su extinción por incumplimiento empresarial (según el artículo 50) o se alcancen los umbrales de impago que permiten solicitar la baja indemnizada.
No se trata de una compensación automática, sino que depende del cómputo anual de la jornada y del Convenio Colectivo y si existe un perjuicio comparativo respecto a los compañeros.
La vicepresidenta segunda carga contra la nueva ley aprobada por el Senado argentino y vincula su contenido con las posiciones de la derecha española.
La trabajadora llevaba teletrabajando 4 años, desde la pandemia, y la empresa aseguraba que debía volver a la oficina porque así lo exigían las campañas, pero no negoció ni le ofreció una alternativa.
La empresa lo descubrió porque publicó los días de ruta con Strava y el trabajador intentó defenderse en que los médicos no le prohibieron expresamente montar en bicicleta.
El jefe de la comisaría estaba de acuerdo con el ajuste de jornada pero la administración pública denegó la solicitud del agente de la Ertzaintza, lo que le obligó a recurrir a la vía judicial.
El Alto Tribunal aclara que la vestimenta de trabajo es una condición laboral que debe garantizarse a toda la plantilla por igual cuando realizan las mismas funciones.
El sindicato acusa al organismo fiscal de culpar a los trabajadores del aumento de la incapacidad temporal.
Junto a una abogada han presentado un recurso de amparo para anular las sentencias del Tribunal Supremo que rechazan incrementar estas indemnizaciones por la vía judicial.
El fallo obliga a la Administración a computar los años naturales para el cobro de trienios y la promoción interna, al considerar discriminatorio contar solo los días de campaña.
La compañía ya le había denegado el teletrabajo previamente a su mujer, formando los dos parte de la misma plantilla.
Le lanzó insultos y ofensas, tanto en privado como en público, y ya había sido sancionado previamente por acosar a otra compañera.
La justicia confirma que la baja por lumbalgia de una auxiliar de ayuda a domicilio es accidente de trabajo, ya que ocurrió tras un esfuerzo laboral concreto, no contaba con antecedentes y recibió asistencia médica en menos de 24 horas.
Estará encargado de analizar la incapacidad temporal y contará con sindicatos, empresarios, Sanidad y comunidades autónomas.
Dos abogados, con el apoyo de CCOO y UGT, han presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la sentencia del Tribunal Supremo donde mantenía su rechazo a incrementar por vía judicial estas indemnizaciones.
Las empresas están obligadas a adaptar el puesto de trabajo si existen riesgos para el empleado. Lo contrario supone un incumplimiento grave de las obligaciones del empresario.
El Tribunal Supremo anula la cláusula que quitaba el complemento de puntualidad a quienes enferman, al considerarlo un trato peyorativo prohibido por la nueva Ley de Igualdad.
La justicia ha ordenado abonarle dicha indemnización al considerar que el autismo del trabajador le situaba en una “desventaja sustancial”.
El encuentro llega después del informe de la AIReF que alerta de un aumento del 60% en la incidencia de la incapacidad temporal desde 2017.
El Alto Tribunal aclara que las dolencias cardíacas ocurridas en el trayecto de ida o vuelta no gozan de la "presunción de laboralidad" y requieren probar un nexo causal específico con el trabajo.
La empresa acreditó pérdidas económicas que le obligaban a reestructurar la plantilla, siendo la causa del despido ajena a su estado de salud.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid aclara que la jubilación no impide legalmente la reincorporación al puesto, por lo que la empresa no está obligada a pagar si ofrece el empleo y el trabajador lo rechaza.
El Tribunal aclara que el hecho de estar jubilado no impide legalmente la reincorporación al puesto de trabajo, por lo que si la empresa opta por readmitir al empleado en lugar de pagarle, y este rechaza volver, pierde el derecho a la compensación económica.
Tras incorporarse, después del fallecimiento de su madre, la empresa le comunicó su despido disciplinario por haber estado de baja laboral 4 semanas.
Era monitor y su empresa decidió despedirle después de que la fundación donde prestaba sus servicios comunicara que dejaban de contar con él. Una decisión que tomaron al enterarse de su matrimonio.
El Alto Tribunal fija esta ampliación en diez semanas tras descontar del permiso del segundo progenitor el periodo de seis semanas que ambos padres habrían disfrutado de forma obligatoria y simultánea tras el parto.
El juez declara improcedente el despido y subraya que no se ausentó “por capricho”, sino por razones “humanitarias y éticas”.
El TSJ del País Vasco establece que para considerar que el trámite se ha cumplido, es indispensable probar “de manera fehaciente” que se le ofreció al trabajador la oportunidad de defenderse y que este decidió no hacerlo.
La trabajadora se apropió de un total de 1.994,80 euros al rastrear informáticamente billetes con retraso pagados en efectivo , esperando estratégicamente a que el plazo de reclamación de los clientes estuviera a punto de caducar para cobrar ella misma dichas indemnizaciones.
La empresa no pudo demostrar los hechos en la carta de despido y, además, había mostrado tolerancia hacia esas prácticas.
El TSJ de Andalucía señala que estos hechos demostraban una falta grave que afectaba la confianza del banco en la trabajadora, por lo que avaló el despido como procedente.
La dirección propone descontar días de vacaciones o canjear festivos por el cierre temporal del negocio, una medida que ha despertado indignación y dudas sobre su legalidad.
La AIReF detecta una deficiencia estructural en su gestión tras triplicarse el coste en una década y advierte del aumento de las bajas por salud mental.
Aunque mandó sus alegaciones en plazo, la universidad solo le dejó leerlas una vez que le habían comunicado el despido, y no antes como marcaba el convenio.
Para la justicia, el despido fue desproporcionado y, aunque la empresa no está obligada a readmitirle, sí que deben indemnizarle.
El propio Delegado de Protección de Datos de la empresa les advirtió de que el uso de teléfonos personales para fines profesionales era contrario a la normativa de protección de datos, pero hicieron caso omiso.
La justicia confirmó que la trabajadora había cometido una falta muy grave por transgresión de la buena fe contractual y abuso de la confianza.
El inspector también recuerda que todos los conceptos salariales deben incluirse en la nómina. De lo contrario, ni cotizan ni tributan, algo que perjudica al trabajador de cara a recibir prestaciones en un futuro.
La empresa no te puede despedir por el mero hecho de estar enfermo o de baja, pero sí puede despedirte en esta situación si acredita una razón o razones objetivas que no tienen nada que ver con esta situación.
La empresa no tenía ninguna causa objetiva que justificara el despido, por lo que la justicia lo declara nulo. Deben readmitirla y pagarle 7.500 euros de indemnización.
El tribunal considera que fue error del jefe de obra llevarlo puesto, denegándole la indemnización: el “más que probable riesgo de que el hormigón pudiera caer sobre el reloj y dañarlo debería haber llevado al hombre a quitarse el preciado objeto”.
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, recuerda los derechos laborales y las obligaciones empresariales ante el temporal que azota el país.
Le entregaron una carta donde “justificaron” el despido en una bajada de rendimiento. Para la justicia, aunque no le dieran de baja y siguieran pagándole la prestación de incapacidad temporal, sí que hubo despido y lo declaran nulo.
El sindicato de la empresa denuncia que la decisión ya estaba tomada y que la corporación quiere prescindir de los trabajadores con una discapacidad.
No se trató de un caso aislado y el director de la tienda recopiló varias quejas de clientes denunciando el mal estado de los productos y su mal etiquetado. Además, el trabajador desobedecía órdenes.
La justicia considera que hubo transgresión de la buena fe y fraude, existiendo riesgo de prolongar la baja.
Constituye un delito de falsedad en documento oficial al intentar con el parte de baja falso simular a la Seguridad Social. También debía pagar una multa de 1.080 euros.
Distintas leyes españolas impiden a los empleadores o empresas preguntar por estas cuestiones en una entrevista o proceso de selección. La Inspección de Trabajo podría actuar y sancionar.
Para la justicia, el error de la comunidad de propietarios no era excusable, lo que llevaba a declarar el despido como improcedente.
Este abogado laboralista señala que, tras un despido, la empresa en un par de semanas se olvida de todo, por lo que no compensa sacrificar la vida personal por un trabajo.
El tiempo equivalía a 3.434 minutos (sobre 57 horas) y se conectaba a internet con el ordenador de empresa para consultar oposiciones docentes, másters, juegos de cartas o fútbol, entre otros.
El Ministerio de Trabajo pretende este 2025 ampliar el permiso por fallecimiento y crear dos permisos laborales retribuidos nuevos.
Establece que no se puede exigir que el trabajador especifique detalladamente las bases del daño moral cuando su estimación es difícil e incide en que el daño moral está indisolublemente unido a la vulneración del derecho fundamental.
El trabajador se ocupaba del mantenimiento informático y era el único administrador del sistema con acceso a las claves. Fue también condenado a dos años y 10 meses de prisión.
Llegado el día, abandonó su puesto de trabajo, aun con el riesgo de que ocurriera una emergencia. Para la justicia, se trata de una falta muy grave que justifica el despido disciplinario.
Con un 49% de discapacidad, esta mujer debía limpiar 16 retretes, fregar escaleras y empujar un carro con cubos de agua de 15 litros... todo, desde su silla de ruedas.
El Tribunal Supremo confirma que sí hubo un delito continuado de falsedad, confirmando la pena de dos años y seis meses de cárcel.
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