El TSJ de Baleares declara improcedente el despido porque antes sí se permitía esta práctica y el trabajador no había sido advertido previamente por ello. Además, llevaba más de 25 años trabajando con una valoración alta en la tienda.
El TSJ de Madrid considera que el hecho de pesar mal el salmón para que cueste más barato, e ir a pagarlo pese a saber que está prohibido pesarse los propios productos, es suficientemente grave para justificar el despido.
La Audiencia Nacional reitera que el requisito de convivencia o la asunción de cuidados no se necesita si es para el cónyuge, pareja de hecho, o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad.
El TSJ avala el despido, ya que, además de falsificar un documento, el empleado de CaixaBank manipuló correos electrónicos, realizó reembolsos irregulares de gastos e intentó obtener un préstamo con documentación falsa.
Pueden pedirlo los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa y no es el único permiso que recoge el Estatuto de los Trabajadores relacionado con los estudios.
El TSJ de Madrid declara que el despido es firme porque la trabajadora interpuso la demanda fuera de plazo. Por ello, no pueden valorar si es procedente o improcedente.
BBVA sostenía que el directivo había autorizado operaciones en exceso de atribuciones a empresas que mantenían deudas con el banco. De ahí que entendieran que su actuación suponía una transgresión de la buena fe contractual y justificara su despido disciplinario.
Yolande Descamps fue despedida por una incapacidad relacionada con una enfermedad profesional que le impedía desempeñar su trabajo. Aunque intentó reincorporarse, no lo consiguió.
La no ampliación supone una vulneración del derecho fundamental a la igualdad por razón de nacimiento. También discriminación indirecta por razón de sexo.
Mercadona sostenía que el consumo alcohol en horario laboral podía afectar a la seguridad en el puesto de trabajo, ya que la empleada manejaba cuchillos y maquinaria. De ahí que entendieran que su estado podía suponer un riesgo y justificara su despido disciplinario.
El TSJ de Andalucía da la razón a Cajamar al considerar que el empleado utilizó un préstamo concedido a nombre de su padre en su propio beneficio, quebrantando la buena fe contractual y justificando la pérdida de confianza de la empresa.
La empleada había pedido una excedencia por cuidado de familiares pero no pudo demostrar ese cuidado directo. Tampoco contestó a los correos donde se le pedía que lo hiciera y que justificara sus faltas.
La trabajadora llevaba desde 1985 trabajando en Carrefour de Francia y fue despedida por falta grave al parecer por hacer un comentario negativo, lo que ella niega.
El TSJ de Cataluña da la razón a BBVA y declara procedente el despido al considerar que la trabajadora se extralimitó al realizar transferencias irregulares y eliminar comisiones en sus propias cuentas y en las de su pareja.
Un abogado laboralista ha denunciado que Mercadona retira de forma “sistemática” la prima y las mejoras de IT a los trabajadores que están de baja laboral.
El TSJ de la Comunidad Valenciana explicó que las bajas médicas por incapacidad temporal de los servicios sanitarios no pueden computarse como faltas de asistencia para justificar el despido.
Mercadona argumentó que la tarjeta corporativa se había utilizado de forma indebida. De ahí que consideraran que su comportamiento constituía una transgresión de la buena fe contractual.
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria declaró procedente el despido de una trabajadora de CaixaBank por quedarse con dinero y “transgredir la buena fe contractual”.
La justicia no considera que el hecho de comerse una hamburguesa destinada a la basura constituya una falta muy grave que justifique el despido, como sostenía la cadena.
El TSJ de Andalucía declara improcedente el despido disciplinario, ya que la falta había prescrito, por lo que deberá o bien readmitir al trabajador o indemnizarlo con 55.250,80 euros.
El TSJ de Cataluña consideró que el impago del complemento de incapacidad temporal y la nueva metodología de ventas, contraria a la ética profesional, eran suficientes para justificar la extinción del contrato.
En una primera instancia el despido fue declarado improcedente, pero el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía revocó esa decisión declarándolo como procedente.
El TSJ de Castilla-La Mancha da la razón a Mercadona y declara procedente el despido disciplinario del trabajador por consumir mantecados sin pagarlos, ya que los hechos constituían una falta muy grave según el convenio colectivo.
El TSJ del País Vasco considera que echar lejía a la botella de agua para darles un “escarmiento” supone una falta muy grave de la transgresión de la buena fe contractual.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid determina que deberá reincorporar a la trabajadora o abonar una indemnización de 86.984,24 euros, además de los salarios de tramitación desde la fecha del despido.
El TSJ del País Vasco determina que el despido es improcedente, ya que, pese a los errores cometidos al gestionar ciertos cobros, no se demostró que existiera una falta grave ni se aplicó un criterio de proporcionalidad adecuado para justificar el despido.
El TSJ de Cataluña da la razón a la trabajadora, ya que, aunque cometió un error al cobrar un producto, no se acreditaron los elementos de proporcionalidad ni el cumplimiento de las normativas de protección de datos necesarios para justificar el despido.
El TSJ de Andalucía da la razón a Banco Santander y declara procedente el despido disciplinario de un empleado que recibió préstamos por 230.000 euros de clientes, vulnerando los principios de buena fe contractual y confianza profesional.
La empresa le impuso un despido disciplinario por bajo rendimiento, pero no lo justificó en la carta de despido a pesar de la situación de la trabajadora.
El TSJ de Madrid da la razón parcial a un empleado de Caixabank y declara improcedente su despido disciplinario por permitir operativas irregulares vinculadas a una trama de blanqueo de capitales, al considerar desproporcionada la sanción aplicada y no demostrada su intencionalidad dolosa.
El TSJ de Cataluña da la razón al trabajador, ya que, aunque consumió varios productos durante su jornada laboral, no se acreditaron los elementos de gravedad y culpabilidad necesarios para justificar la máxima sanción del despido.
El TSJ de Andalucía da la razón a CaixaBank declarando el despido procedente, ya que accedió reiteradamente a las cuentas bancarias de su exnovio y sus familiares por motivos personales, siendo este acto una transgresión de la buena fe contractual y el abuso de confianza.
La subida del Salario Mínimo Interprofesional, la reforma de las indemnizaciones por despido improcedente o la mejora de algunos permisos laborales, son algunos de ellos.
La cadena de supermercados defendía que, tras la limpieza, los calamares perdían entre 300 y 400 gramos. De ahí que entendieran que el empleado lo había pesado después, para que le saliera más barato.
El TSJ de Cataluña da la razón a El Corte Inglés y declara procedente el despido disciplinario de la trabajadora por apropiarse de productos promocionales y artículos sin autorización, por lo que no tendrá derecho a indemnización.
Un abogado laboralista explica cómo una grabación puede ser clave para demostrar la verdadera causa del despido y aumentar la correspondiente indemnización.
El TSJ de Cataluña da la razón a BBVA y declara procedente el despido disciplinario de un empleado que concedió un préstamo a nombre de una clienta para utilizar los fondos en su propio beneficio, vulnerando los principios de buena fe contractual y confianza profesional.