El Estatuto de los Trabajadores recoge el derecho a un permiso de formación de 20 horas anuales acumulable hasta 5 años, por lo que puede ser de hasta 100 horas.
Es la primera vez que el Tribunal Supremo les reconoce el derecho a este doble permiso por maternidad, declarando que lo contrario sería discriminatorio. En los tribunales esta cuestión es muy controvertida.
Los magistrados del Tribunal Supremo permiten que siga adelante el decreto por el que se desarrolla el Mecanismo Red de Flexibilidad y Estabilización del Empleo.
La mayoría de empresas no aplican bien el despido disciplinario por llegar tarde al trabajo por no cumplir este protocolo. Por ello, se puede reclamar y conseguir la improcedencia.
Son casos excepcionales donde la orden empresarial atenta contra la dignidad o integridad física del trabajador.
El trabajador desde 2019 era objeto de insultos y amenazas no solo ofensivas, sino también intimidantes. Se la ha concedido la indemnización por daños morales.
La empresa la rechazó inicialmente por falta de documentos pero no abrió un proceso negociador como marca la ley, causando un perjuicio a la empleada. Esta era la única cuidadora de sus dos padres dependientes.
Declaran improcedente el despido de una trabajadora de Mercadona a la que echaron por ir a un concierto mientras estaba de baja laboral por ansiedad.
El secretario general de CCOO considera que es el momento de reformar el sistema de despidos en España para hacer que el despido sea verdaderamente disuasorio.
El Juzgado de lo Social n.º 3 de Santander considera que tenía todo el derecho del mundo a desplazarse en bicicleta y señala que el trayecto que realizaba era normal y directo.
UGT manifiesta al Gobierno que un 45% de los trabajadores no recibe un incremento en la retribución de las horas extra, como exige la Carta Social Europea.
El TSJ de Galicia dicta que no hay que justificar la necesidad de cuidados ni que se vive en el mismo domicilio cuando el permiso se pide para los vínculos familiares recogidos en el Estatuto de los Trabajadores.
Varias sentencias de la Audiencia Nacional y del Tribunal Superior de Justicia señalan que hay que atender al convenio colectivo.
El Tribunal Supremo lo declara nulo porque le cambiaron el horario unilateralmente sin previo aviso mientras disfrutaba de una reducción de jornada por motivos de cuidado.
No hay ninguna ley que especifique la obligación de los trabajadores de avisar sobre su baja, pero sí que puede ser obligatorio por el convenio o atendiendo al artículo 5 del Estatuto de los Trabajadores.
El Estatuto de los Trabajadores recoge derechos especiales de formación para las personas que trabajan y estudian a la vez. Desde permisos hasta adaptaciones de jornada.
La calificación de indefinida no fija, atendiendo a la extensa cadena de contratos temporales sucesivos, es contraria a la jurisprudencia del TJUE. Por ello concede la condición de indefinida fija, pese a no pasar por un proceso selectivo.
El abogado laboralista Ignacio de la Calzada revela varios engaños que suelen cometer las empresas a la hora de despedir, para aprovecharse. Uno está relacionado con el paro.
La Comisión Europea abre un segundo expediente a España por abuso de los interinos en las administraciones públicas. Podría llegar al TJUE, que ya tiene que manifestarse sobre la fijeza de estos trabajadores por una cuestión del Supremo.
El TSJ de Valencia da la razón a Mercadona y declara procedente el despido disciplinario de la trabajadora por tomar varios cafés sin pagarlos. Llevaba en la empresa desde 1989, pero al ser por motivos disciplinarios, no tiene derecho a indemnización.
El encargado creó un grupo de WhatsApp sin el consentimiento de los trabajadores, hablaba por ahí fuera de horario y de malos modos, y permitía los motes alusivos a sus discapacidades.
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña establece que el despido del trabajador era improcedente porque lo que hacía era “de carácter residual”.
El TSJ de Cataluña reconoce el derecho de los trabajadores en situación de incapacidad temporal a cobrar el plus de asistencia y puntualidad, aunque la baja supere los tres días.
La implantación del programa de registro horario supondría un sobrecoste de 400 euros para los autónomos y pequeñas empresas.