No se puede despedir a una persona por el mero hecho de que vaya a ser padre o madre. Al igual que tampoco se puede prescindir de un empleado por su estado de salud. Lo contrario, sería discriminatorio. Y aunque la ley blinde a los trabajadores en este aspecto, aun siguen viéndose casos de despidos discriminatorios. Tanto en España como en otros países. E incluso con graves defectos de forma.
Un caso recogido por ‘The Independent’ lo ejemplifica a la perfección, donde la trabajadora fue despedida con un mensaje de texto de su jefe que incluía un emoji feliz, mientras se encontraba teletrabajando (sin acudir a la oficina) por un problema de salud que estaba sufriendo debido a su embarazo. El conflicto ha acabado con el deber de la empresa de indemnizarla con 93.616,74 libras esterlinas (más de 108.000 euros).
La empleada en cuestión trabajaba como asesora de inversiones para la compañía, con sede en Birmingham (en Inglaterra), desde marzo de 2022. Ese mismo año, se quedó embarazada, notando fuertes náuseas desde el inicio. Estas no cesaron y, de hecho, aumentaron, por lo que un día tuvo que salir antes del trabajo.
Tras visitar a su médica, esta comunicó a la empresa que le habían recomendado teletrabajar, “ya que estas dos próximas semanas suelen ser el momento álgido de las náuseas del embarazo debido a las hormonas”. Además, informó de que, según el servicio médico, iban a tener que hacer una evaluación de salud y seguridad en el trabajo, debido a su estado.
Un mensaje ambiguo de despido
La trabajadora, efectivamente, estuvo teletrabajando varios días desde casa y la siguiente comunicación que recibió de su jefe fue el 26 de noviembre, cuando le preguntó cómo se encontraba. Esta respondió que se sentía “fatal”, con náuseas repetidas todos los días. Pese a ello, a la noche siguiente, su superior le preguntó si podría trabajar unos días de forma presencial la próxima semana “y terminar a las 4 de la tarde para que no fuera demasiado”.
Una petición que, legalmente, no se consideró inapropiada porque este se iba de vacaciones. Fue en este punto cuando la empleada le informó de que no iba a poder trabajar en toda la semana, debido al aumento de sus náuseas. Tal así, que incluso comunicó que, de seguir así, la iban a tener que ingresar en el hospital. “No creo que pueda ni trabajar desde casa, y mucho menos ir a la oficina”, explicó la misma en uno de los mensajes que se intercambiaron, a la vez que se disculpaba por no poder ayudar en la oficina.
La comunicación cesó con el mensaje “ambiguo” del jefe, el 1 de diciembre, donde se intuía su despido: “Hola, espero que estés bien. Probablemente ya te habrás dado cuenta de que tendremos que buscar a alguien para que venga a la oficina, ya que nos estamos quedando atrasados con el trabajo. Solo quiero decir que espero que no te lo tomes como algo personal ni nos veas como malas personas, pero realmente estamos pasando por un mal momento”, comenzaba el mismo.
“Aparte de esto, por mi parte, voy a intentar ver qué otras oportunidades hay para que puedas entrar… envíame un mensaje cuando te encuentres mejor [...]. Espero verte pronto. Tenemos mucho de qué ponernos al día fuera del trabajo”, terminó el mensaje, acompañado de un emoticono de una cara feliz con las dos palmas hacia fuera.
Efectivamente, ese mismo día dejó de percibir su salario, aunque posteriormente, tras la demanda de la empleada, el superior defendió que no había sido despedida. Para la justicia, tal y como argumentaba la empleada, el mensaje de su jefe sí suponía de forma clara y objetiva el “fin a la relación laboral”.
Además, estimó los argumentos de la trabajadora y determinó que se había producido discriminación por embarazo, declarando el despido improcedente y concediéndole una indemnización de 93.616,74 libras esterlinas.

