La Corte Internacional de Justicia (CIJ), el principal órgano judicial de Naciones Unidas, ha confirmado que el derecho de huelga forma parte de la libertad sindical y está protegido por el Convenio número 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La resolución, aprobada por diez votos frente a cuatro, ha sido celebrada por CCOO y UGT, que la consideran una “victoria del movimiento sindical”.
El dictamen pone fin a años de controversia dentro de la OIT sobre si el derecho de huelga estaba realmente amparado por el Convenio 87, relativo a la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación.
Según la resolución, recogida por Europa Press, la huelga es un derecho inherente a la libertad sindical, respaldando así la interpretación que históricamente habían defendido los sindicatos y los órganos de control de la OIT.
CCOO y UGT celebran un fallo “histórico”
Tras conocerse la decisión de la CIJ, ambos sindicatos destacaron la importancia del pronunciamiento para el sistema internacional de derechos laborales.
CCOO subrayó que la resolución no solo beneficia a trabajadores y sindicatos, sino también a gobiernos y empresas responsables. “La claridad jurídica y la previsibilidad en un aspecto tan fundamental del Derecho laboral internacional y del sistema de supervisión de las normas de la OIT son indispensables para unas relaciones laborales estables y un diálogo social eficaz”, defendió el sindicato.
Por su parte, UGT calificó el fallo como un “hito” para la defensa de los derechos laborales y sostuvo que refuerza el sistema internacional de protección de la libertad sindical.
“Esta decisión de la Corte pone fin a años de controversia impulsada por el grupo de empleadores de la OIT”, señaló UGT en un comunicado, donde añadió que la resolución consolida “el derecho de huelga como un elemento esencial del trabajo decente y de las sociedades democráticas”.
Una disputa abierta desde 2012
El conflicto sobre la interpretación del Convenio 87 se arrastraba desde hace más de una década. En noviembre de 2023, el Grupo Trabajador de la OIT impulsó una consulta formal ante la Corte Internacional de Justicia para que aclarara si el derecho de huelga debía entenderse como parte inseparable de la libertad sindical.
Tras las audiencias celebradas en La Haya en 2025 y la participación de numerosos Estados miembros de la OIT, entre ellos España, además de organizaciones sindicales y empresariales internacionales, la CIJ ha emitido finalmente su opinión jurídica.
Para CCOO, el pronunciamiento “aporta una base autorizada” para resolver una disputa que se mantenía abierta desde 2012.
Los sindicatos recuerdan que el derecho de huelga está protegido en España
CCOO también recordó que en España el derecho de huelga está reconocido como derecho fundamental en la Constitución. El sindicato destacó que el artículo 28.2 de la Constitución Española reconoce expresamente “el derecho de huelga” como una garantía fundamental de los trabajadores.
UGT, por su parte, valoró también el papel de la Confederación Sindical Internacional (CSI) y de los gobiernos que respaldaron la petición ante la CIJ, entre ellos el Ejecutivo español.
Además, el sindicato de Pepe Álvarez considera que la resolución devuelve “seguridad jurídica y credibilidad” al sistema de supervisión laboral de la OIT, que, a su juicio, se había visto debilitado en los últimos años por la incertidumbre generada alrededor del derecho de huelga.

