La Inspección de Trabajo ha vuelto a destapar un fraude en la contratación de trabajadores inmigrantes sin permiso de residencia o trabajo. En esta ocasión ha sido en Zamora, donde el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha confirmado la condena a un ganadero por el despido improcedente de un trabajador de nacionalidad marroquí que llevaba más de un año empleado sin contrato ni alta en la Seguridad Social.
La Sala de lo Social, con sede en Valladolid, ha rechazado el recurso que presentó el empresario, dando la razón al Juzgado de lo Social. En su sentencia STSJ CL 664/2026, se considera acreditada la existencia de una relación laboral a pesar de que el empresario manifestó que el trabajador vivía en la finca como un “favor personal” y que colaboraba sólo con las tareas domésticas.
Pero la resolución da por probado que el trabajador prestó servicios como peón ganadero durante más de un año cobrando un salario bruto mensual de 1.323 euros y viviendo en la misma explotación, donde no tenía que pagar alquiler ni manutención. El empresario enviaba 500 euros al mes a la hermana de su empleado que vivía en Marruecos poniendo en las transferencias como concepto ‘nómina y gasto de empleados’.
En diciembre de 2024, el trabajador fue despedido sin carta de despido y de forma verbal como apunta la Inspección de Trabajo y recoge la sentencia.
“De bueno que soy, soy tonto”
El trabajador acudió a denunciar los hechos acompañado por su intérprete y su abogado. Por su parte, los inspectores de trabajo consiguieron vídeos e imágenes en las que se veía al hombre realizando labores en la explotación, comprobando más tarde que estaba empadronado en la misma dirección desde 2023.
El empresario negó la relación laboral desde el primer momento y señaló que el marroquí estaba acogido por solidaridad. Aseguró a los funcionarios de la Inspección de Trabajo que “de bueno que soy, soy tonto” ya que solía “ayudar a los chavales que están en situación precaria manteniéndolos en casa, aún a riesgo de perder dinero”.
Los jueces han considerado que esa versión no es válida, porque detectaron incongruencias en el relato del ganadero recordando que las transferencias bancarias, empadronamiento y las imágenes que aportó el trabajador acreditaban de forma suficiente la existencia de una relación laboral ordinaria con dependencia, salario y prestación de servicios.
Pagará más de 25.000 euros entre salarios e indemnización
El empresario tendrá que pagar ahora 1.940 euros de indemnización por despido improcedente, 11.862 euros en salarios de tramitación y otros 11.199 euros por diferencias salariales y vacaciones pendientes, a lo que hay que añadir los intereses de demora del 10%. La Inspección de Trabajo le ha impuesto una sanción administrativa de 18.448 euros por emplear a un trabajador extranjero sin autorización.
De estos, 10.001 corresponden a multa por infracción muy grave y otros 8.447 euros al importe de las cotizaciones sociales no abonadas durante el periodo trabajado. Impone además las costas del recurso, incluidos 600 euros en honorarios de la representación letrada del trabajador. Cabe recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.

