Cambiar de ciudad por motivos de trabajo no tiene por qué ser una ruina para el bolsillo del empleado. Según el artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores, cuando una empresa decide trasladar a un trabajador a un centro distinto que le obligue a cambiar su residencia habitual, este tiene derecho a una compensación por los gastos derivados del traslado. Esta medida busca que el trabajador no asuma el coste de una decisión organizativa o económica de la compañía.
Una ayuda que cubre a toda la familia
La normativa es muy clara respecto a quién debe recibir esta compensación: no solo se cubren los gastos del empleado, sino también los de los familiares a su cargo. Los términos exactos de esta compensación se suelen pactar entre la empresa y el trabajador, pero el Estatuto establece un suelo mínimo: nunca podrá ser inferior a lo que dicte el convenio colectivo del sector.
Ante esta situación, el trabajador tiene varias opciones legales según lo establecido en la normativa. La primera de ellas es aceptar el traslado, en cuyo caso percibirá la citada compensación que cubre tanto sus gastos propios como los de los familiares a su cargo.
La segunda opción es rescindir el contrato si no desea mudarse, lo que le permite marcharse de la empresa cobrando una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades. Por último, podría impugnar judicialmente la decisión si considera que no está justificada.
Multas de hasta 7.500 euros por incumplimiento
La Inspección de Trabajo puede imponer sanciones por incumplimientos en materia de movilidad geográfica, con multas que, en las infracciones graves, oscilan actualmente entre 751 y 7.500 euros. En concreto, la cuantía, según la gravedad, corresponde a los siguientes baremos, según la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social:
- Grado mínimo: De 751 a 1.500 euros.
- Grado medio: De 1.501 a 3.750 euros.
- Grado máximo: De 3.751 a 7.500 euros.
En caso de que el trabajador fuera despedido por reclamar o mostrar su desacuerdo con la medida, los tribunales podrían declarar el despido improcedente o incluso nulo si apreciaran vulneración de derechos fundamentales.
¿Cuándo es legal este traslado?
Para que la empresa pueda obligar a este cambio, debe demostrar que existen razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. No basta con un deseo arbitrario del jefe; tiene que haber una causa real que justifique que el traslado responde a necesidades reales de la empresa para garantizar su funcionamiento o mejorar su organización.

