La pensión de jubilación y la cuantía a cobrar es algo que interesa a cualquier trabajador. Para la Seguridad Social, estos dependen de dos factores que son las bases de cotización y el total de años cotizados, pero muchos dudan (sobre todo con las últimas reformas) sobre cuánto les quedará al final. Ignacio Solsona, abogado laboralista, ha explicado en su canal “Laboroteca” cómo funciona.
El método de cálculo de la pensión de la Seguridad Social se encuentra recogido en el artículo 210. Según explica el abogado, “el periodo mínimo de cotización para acceder a una pensión de jubilación contributiva es de 15 años”, dos de ellos dentro de los quince anteriores a la jubilación.
Sin ese mínimo no se puede acceder a la pensión contributiva, aunque sí que se podrá acceder a la no contributiva de jubilación, pero la cuantía será más baja y exige no superar un límite de ingresos. Siguiendo con ese mínimo de años, se tendrá derecho al 50% de la base reguladora. La base reguladora es el resultado de sumar las bases de cotización de los últimos 25 años, pero irá creciendo, ya que una de las reformas (Real Decreto-ley 2/2023) incorporó un sistema dual.
A partir de ahí, cada mes cuenta. “A partir de los 15 años, por cada mes cotizado adicionalmente, se incrementará este porcentaje un 0,19%”, explica el abogado.
Ese porcentaje es el coeficiente que fija la Ley 27/2011 para las jubilaciones a partir de 2027, año en que culmina la reforma que arrancó en 2013. En 2026 la escala es algo distinta, ya que los primeros 49 meses suman un 0,21% mensual, aunque el resultado final se parece mucho. La diferencia es que en 2027 se pedirán seis meses más para poder cobrar el 100%.
Solsona explica cómo los porcentajes se aplican a la pensión en forma de dinero. Quien ha cotizado 22 años cobra el 65,96% de su base reguladora; de esta forma, sobre 2.000 euros, la pensión se queda en 1.319,20 euros brutos repartidos en catorce pagas. En el caso de tener 29 años, el porcentaje sube al 81,92%, de tal forma que una base de 2.600 euros serían 2.129,92 euros.
37 años para cobrar el 100% de la pensión
“Para cobrar un porcentaje equivalente al 100% de la base reguladora son necesarios 37 años de cotización”, explica el abogado para las jubilaciones que empiecen en 2027. Con más años de cotización no se sumará ningún porcentaje a la base reguladora. “Aunque se hayan cotizado 44 años, se seguirá cobrando el 100%”, avisa.
Solsona critica ese límite, ya que nuestro sistema de pensiones se basa en el principio de contributividad, algo en lo que también coincide Alfonso Muñoz Cuenca, funcionario de la Seguridad Social. Sin embargo, la norma fija un máximo de 37 años sin posibilidad de conseguir más pensión en el caso de retirarse a la edad ordinaria.
Ahora bien, hay una excepción. Quienes demoren su edad de jubilación (seguir trabajando más allá de la edad ordinaria) sí que obtendrán un beneficio económico por cada año completo cotizado.
En el caso de las jubilaciones anticipadas, voluntarias o involuntarias, haber cotizado por encima de esos 37 años puede reducir la penalización que se aplica por adelantar el retiro, ya que el coeficiente reductor (porcentaje que se quita de la pensión) varía en función de los años cotizados y los meses adelantados.
El convenio especial cuando faltan años
Para los que se han quedado sin empleo y no llegan a esa cifra, Solsona recuerda que se puede suscribir un convenio especial de la Seguridad Social, que es un acuerdo por el que el trabajador se paga de su bolsillo las cuotas a la Seguridad Social, de tal forma que sigue cotizando y generando cotizaciones y evitando huecos en blanco para que estos no sean rellenados con las conocidas “lagunas de cotización”.
En estos casos resulta “doblemente rentable”, apunta, porque añade base de cotización y, a la vez, tiempo cotizado, lo que empuja hacia arriba el porcentaje de la futura pensión.
Sumar años de cotización, además de sumar porcentaje, abre la puerta a la jubilación anticipada. Esta modalidad pide un mínimo de 33 años cotizados para la involuntaria y de 35 años para la voluntaria. También vale para jubilarse a los 65 años sin penalización, donde se exige un mínimo de 38 años y seis meses, según recoge la Ley General de la Seguridad Social. Con menos tiempo cotizado, la salida sin recorte se retrasa hasta los 67 años.
Por eso, Solsona afirma que “sumar tiempo de cotización en nuestra vida laboral es fundamental” para llegar a la jubilación ordinaria sin que la pensión pierda un solo euro por el camino.

