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Los jueces empiezan a convertir a interinos en fijos tras la sentencia del TJUE

El TJUE determinó que España carece de medidas efectivas y disuasorias para sancionar el abuso de la temporalidad, no sirviendo la figura del indefinido no fijo, las indemnizaciones tasadas con doble tope ni los procesos de estabilización.

Una empleada pública, trabajando en la Agencia Tributaria
Una empleada pública, trabajando en la Agencia Tributaria |Europa Press
Esperanza Murcia
Fecha de actualización:
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en una sentencia el pasado mes de abril, volvió a dictaminar que las medidas utilizadas en España para sancionar el abuso de la temporalidad en las administraciones públicas, como la figura del trabajador indefinido no fijo, no cumplen con el Derecho de la Unión. Son insuficientes y no disuaden a las administraciones del abuso.

Esto, para algunos expertos judiciales, abre la puerta a convertir en fijos a miles de interinos como una forma adecuada para sancionar a la Administración por este abuso, a falta de otras medidas. Y es lo que está ocurriendo ya en algunos juzgados.

Readmisión de una interna con casi 20 años de antigüedad

La primera sentencia es de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Madrid, y se ha readmitido a una funcionaria interina del gobierno regional madirleño. Tal y como recoge EFE, la mujer fue cesada en junio de 2024 tras casi 20 años de prestar sus servicios en la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

La justicia ahora ha anulado su cese y ha reconocido su derecho a ser readmitida como trabajadora indefinida, sin adquirir la condición de funcionaria de carrera. En el fallo, se recoge que hubo abuso de la Administración y que, como resolvió el TJUE, la indemnización por despido improcedente (que es la más alta del ordenamiento jurídico español) no era suficiente para compensar el daño.

Indemnización de 16.080 euros

En el segundo caso, dado a conocer por Unive Abogados, un Tribunal de Instancia de Badajoz ha reconocido a un trabajador una indemnización de 16.080 euros por abuso de temporalidad. El empleado venía prestando servicios en la Junta de Extremadura como indefinido no fijo desde el año 2015 hasta el 2025 que obtuvo plaza fija (casi 17 años después).

La justicia fue tajante al respecto y señaló que la convocatoria de un proceso de estabilización no repara el perjuicio ocasionado (como también dictó e TJUE en su fallo), y ello a pesar de haber superado el procedimiento y obtenido la plaza. El hecho de consolidar la plaza como personal fijo no borra el abuso de temporalidad incurrido por la Administración, de ahí que sea necesario indemnizar al trabajador.

En concreto, sobre los procesos de estabilización, el TJUE expuso que, aunque estos valoran la experiencia previa de los trabajadores temporales, no constituyen una sanción efectiva, ya que están abiertos a otros candidatos, no aseguran la permanencia del trabajador afectado, y no eliminan las consecuencias del abuso si no se supera el proceso.

Indemnización de 52.104,99 euros

En la tercera sentencia, ganada y dada a conocer por Vento Abogados, el Juzgado de lo Social nº 3 de Vigo el 20 de abril de 2026, ha reconocido a una trabajadora que llevaba desde 2008 en “situación de precariedad estructural” una indemnización de 52.104,99 euros más intereses. Según explican desde este despacho, durante años, esta investigadora prestó servicios para el CSIC, con una relación ya declarada en su día como indefinida no fija, hasta que en 2025 obtuvo la plaza fija tras superar el correspondiente proceso selectivo.

El primer aspecto es que el juzgado no confunde la estabilización posterior con la desaparición del daño y entiende que el abuso existió, que se prolongó durante años y que debe repararse, señalando que la indemnización por abuso de temporalidad debe atender a las circunstancias concretas del caso.

Desde Vento, indican que esta sentencia “insiste en algo decisivo: el sistema español no puede limitarse a mantener fórmulas que no sancionan de verdad el abuso ni reparan de manera íntegra a quien lo ha padecido”. En línea con el TJUE, el fallo establece que “el abuso prolongado genera un perjuicio indemnizable y que ese perjuicio no desaparece por el simple hecho de que la Administración convoque una plaza o de que la trabajadora termine estabilizando su situación”, como resumen desde el propio despacho.