
Un vecino impugna un acuerdo adoptado en la junta de propietarios: la justicia lo considera válido porque no estaba al corriente de pago de las cuotas
La ley de propiedad horizontal establece que para poder impugnar los acuerdo adoptados por la junta de propietarios, el vecino que reclame debe estar al corriente de pago de las cuotas de la comunidad.