Para acceder a la jubilación anticipada voluntaria es necesario que, además de tener 35 años cotizados, la pensión resultante sea superior a la pensión mínima que correspondería al cumplir los 65 años.
Para conseguirlo hay que tener como mínimo 35 años cotizados y que nuestra base reguladora sea por una cantidad determinada, ya que se aplicarán recortes.
La jubilación anticipada, aunque se acceda por motivos ajenos a la voluntad del trabajador, siempre conlleva una penalización, aunque se haya cotizado 40 años.
La Seguridad Social no permite jubilarse a los 60 años con solo 15 años cotizados, salvo en casos específicos como personas con una discapacidad del 45% o más, siempre que cumplan los requisitos exigidos en la normativa.
Para jubilarse con 61 años es necesario tener 38 años y 3 meses cotizados y que la jubilación anticipada sea involuntaria para lo que habrá que reunir otros requisitos.
La Seguridad Social aplicó los coeficientes reductores desde 2007, pero el TSJ determinó que debían aplicarse desde el inicio de su vida laboral, teniendo así derecho al 100% de la pensión.
Todas las jubilaciones anticipadas voluntaria e involuntaria conllevarán recortes en la cuantía de la pensión, que dependerán del total de años cotizados, los meses adelantados.
Para jubilarse con 63 años será necesario tener 38 años y 3 meses cotizados si la jubilación anticipada es voluntaria y 33 años si es involuntaria, además teniendo en cuenta que la cuantía de la pensión se reducirá.
La condición para jubilarte de forma anticipada cobrando el subsidio para mayores de 52 años es acreditar un mínimo de 33 años cotizados para la involuntaria y 35 años para la voluntaria.
La edad mínima para pedir la jubilación anticipada voluntaria en 2025 son 63 años o 64 años y 8 meses, dependiendo de las cotizaciones acumuladas a lo largo de la vida laboral.
La cuantía de la pensión de jubilación anticipada en 2025 dependerá de la base reguladora, el total de años cotizados y los meses que el trabajador adelante la jubilación. En función de estos últimos, se aplicará una reducción que podrá alcanzar un máximo del 30%.
La Seguridad Social denegó la jubilación anticipada a una empleada de banca porque consideró que rechazar un traslado no cumplía con los requisitos legales para acceder a esta modalidad de jubilación.
Un hombre que decidió jubilarse de manera anticipada a los 52 años, abre un negocio de coaching y teletrabaja porque necesitaba sentirse activo “ayudando a las personas”.
La Seguridad Social denegó la pensión por jubilación anticipada por que su situación de incapacidad permanente total no se considera asimilada al alta.
La edad de jubilación anticipada involuntaria volverá a subir de 61 años a 62 años y 8 meses para aquellos trabajadores que no cuenten con 38 años y tres meses cotizados.
La cuantía de la pensión en la jubilación anticipada voluntaria dependerá del total de años cotizados, la base reguladora y los meses que se adelante con respecto a la edad ordinaria.
Los trabajadores nacidos a partir de 1960 podrán jubilarse tanto de forma ordinaria como anticipada, siempre que cumplan con los requisitos. Esta es la cuantía que cobrarán.
La Seguridad Social cuenta con un listado de enfermedades discapacitantes que permiten a los trabajadores acceder a una jubilación anticipada a una edad inferior a la ordinaria.
Los trabajadores que se jubilan antes de su edad de jubilación cobran un 20% más de pensión con respecto a los que se jubilan a su edad ordinaria a pesar de los recortes.
La Seguridad Social no aplicó correctamente los coeficientes reductores para la jubilación anticipada por discapacidad, teniendo que ser corregido por el tribunal y dando el derecho a acceder al 100% de la pensión a los 56 años.
La Seguridad Social denegó la pensión de jubilación por discapacidad argumentando que los coeficientes reductores solo podían aplicarse a partir de 2010.
La Seguridad Social no aplicó correctamente los coeficientes reductores para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad. El tribunal corrigió esta decisión otorgándole el derecho a acceder al 100% de la pensión.
Aquellos pensionistas que se jubilen en 2025 con una cuantía que supere la pensión máxima, tendrán una mayor penalización tal y como regula la reforma de las pensiones.
La edad para jubilarse en 2025 se situará en los 66 años y 8 meses o a los 65 años, para aquellos que tengan 38 años y 3 meses cotizados. Para tener derecho al 100% de la pensión habrá que tener cotizados 36 años y seis meses a la Seguridad Social.
El Tribunal corrigió a la Seguridad Social, la cual no tuvo en cuenta la correcta aplicación del grado de discapacidad desde su nacimiento, dando así derecho al 100% de la pensión.
Las jubilaciones anticipadas voluntarias conllevan una reducción sobre la cuantía, la cual puede se sitúa entre un 2,81% y un 21%, en función de los meses adelantados y el total de años cotizados. Esta es la pensión que te queda en función de tu base reguladora.
Según las estadísticas de la Seguridad Social, un tercio de los trabajadores prefieren no esperar a la edad ordinaria y jubilarse antes y cobrando una pensión media superior a la ordinaria.
La huelga general de los conductores de autobús dejará servicios mínimos del 50% en los transportes urbanos, interurbanos, escolar y de largo recorrido.
La Seguridad Social había rechazado inicialmente la solicitud de incapacidad permanente, pero el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, corrigió esta interpretación y reconoció su derecho al 100% de la pensión por incapacidad, dándole derecho a una pensión de 3.200 euros.
Para 2025, las jubilaciones anticipadas conllevan nuevos recortes en la cuantía de la pensión de jubilación, sobre todo en aquellas que alcancen la pensión máxima.
El Gobierno aprueba la tramitación urgente de los coeficientes reductores que afectarán a los trabajadores con enfermedades tóxicas, peligrosas y penosas.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía determina que el trabajador no cumplía con los requisitos pesar de tener una discapacidad reconocida del 48%.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía admite, que aunque la demandante tenía un grado de discapacidad superior al 45%, cotizó por un periodo inferior a lo que establece la norma para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad.
La Seguridad Social denegó la pensión de jubilación anticipada al no cumplir con el requisito de estar dado de alta o en situación asimilada al alta, a pesar de que el trabajador había cotizado durante más de 36 años en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
La cuantía de la pensión de jubilación anticipada dependerá de la base reguladora, el total de años cotizados y los meses que el trabajador adelante la jubilación. En función de estos últimos se aplicará una reducción de hasta un máximo del 30%.
El Tribunal Supremo admite que, aunque padecía una discapacidad, no fue hasta 2019 cuando se le reconoció el 65%, lo que le impide tener derecho a la jubilación anticipada.
La Seguridad Social aplicará una reducción sobre la cuantía de la pensión, salvo en los casos de jubilación anticipada por discapacidad o por razón de profesiones peligrosas o penosas.
La Seguridad Social no aplicó la hemiplejia como una enfermedad discapacitante, por lo que inicialmente la pensión de jubilación fue denegada. El tribunal corrige y determina que tenía derecho una pensión de 1.592,27 euros más otros 49.000 euros en concepto de atrasos.
Las jubilaciones anticipadas voluntarias conllevarán recortes en la cuantía de la pensión, que dependerán del total de años cotizados y los meses adelantados.
Los trabajadores que accedan a la jubilación anticipada involuntaria por despido verán reducida su pensión entre un 0,50% y 30%. Esta reducción dependerá del total de años cotizados y los meses adelantados.
La edad de jubilación para trabajadores en el régimen general se sitúa en los 65,8 años, con 1.650,82 euros de pensión, mientras que los autónomos los hacen a los 66,7 años, percibiendo una pensión media de 1.000,66 euros. Una diferencia de 650,16 euros.