¿Cuál es la edad mínima para pedir la jubilación anticipada voluntaria en 2025?

La edad mínima para pedir la jubilación anticipada voluntaria en 2025 son 63 años o 64 años y 8 meses, dependiendo de las cotizaciones acumuladas a lo largo de la vida laboral.

Cartel de una oficina de la Seguridad Social
Cartel de una oficina de la Seguridad Social iStock
Francisco Miralles

La Seguridad Social permite acceder a la jubilación anticipada voluntaria adelantando la edad legal ordinaria hasta un máximo de 24 meses. De este modo, en 2025, la edad mínima de jubilación anticipada voluntaria será de 64 años y 8 meses para quienes hayan cotizado al menos 35 años, o de 63 años para quienes tengan como mínimo 38 años y tres meses cotizados.

Por otro lado, la Seguridad Social exige dentro de sus requisitos que la pensión resultante sea superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al beneficiario en función de su situación familiar al cumplir los 65 años.

En el caso de la jubilación anticipada involuntaria o forzosa, es posible retirarse hasta un máximo de 48 meses (4 años) antes de la edad de jubilación ordinaria legal. Así, la edad de retiro será de 62 años y 8 meses para quienes hayan cotizado al menos 33 años, y de 61 años para quienes tengan un mínimo de 38 años y tres meses cotizados. Para acceder a esta modalidad, es imprescindible que la extinción del contrato de trabajo sea consecuencia de un despido o de una acción ajena a la voluntad del trabajador.

Además, hay que tener presente que en ambas modalidades de jubilación anticipada, la Seguridad Social aplicará unos coeficientes reductores en un porcentaje que será mayor o menos en función de la modalidad de jubilación anticipada, los meses adelantados y el total de años cotizados.

¿Cuánto se pierde por cada año de jubilación anticipada?

En la jubilación anticipada voluntaria la Seguridad Social aplica un coeficiente reductor que va desde el 2,81% y hasta el 21%. Estos recortes se aplicarían una vez aplicado el método de cálculo, es decir, obtenida la cuantía se aplica este. Así, estos serían los recortes para 2025:

  • Con menos de 38 años y seis meses cotizados, el recorte será del 21 % si la jubilación se adelanta 2 años y del 3,26 % si el adelanto es de un mes.
  • Entre 38 años y seis meses y 41 años y 6 meses cotizados, el recorte será del 19 % si se adelanta 2 años y del 3,11 % si es un mes antes.
  • Entre 41 años y seis meses y 44 años y 6 meses cotizados, el coeficiente reductor será del 17 % si la jubilación se adelanta 2 años y del 2,86 % si el adelanto es de un mes.
  • Con más de 44 años y 6 meses cotizados, el recorte será del 13 % si se adelanta 2 años y del 2,81 % si el adelanto es de un mes.

En la siguiente tabla se puede consultar como quedaría según los meses adelantados y los años cotizados:

Meses que se adelanta la jubilación Menos de 38 años y 6 meses Menos de 41 años y 6 meses Menos de 44 años y 6 meses 44 años y 6 meses o más
24 21% 19% 17% 13%
23 17,60% 16,50% 15% 12%
22 14,65% 14% 13,33% 11%
21 12,57% 12% 11,43% 10%
20 11% 10,50% 10% 9,20%
19 9,78% 9,33% 8,89% 8,40%
18 8,80% 8,40% 8% 7,60%
17 8% 7,64% 7,27% 6,91%
16 7,33% 7% 6,67% 6,33%
15 6,77% 6,46% 6,15% 5,85%
14 6,29% 6% 5,71% 5,43%
13 5,87% 5,60% 5,33% 5,07%
12 5,50% 5,25% 5% 4,75%
11 5,18% 4,94% 4,71% 4,47%
10 4,89% 4,67% 4,44% 4,22%
9 4,63% 4,42% 4,21% 4%
8 4,40% 4,20% 4% 3,80%
7 4,19% 4% 3,81% 3,62%
6 4% 3,82% 3,64% 3,45%
5 3,83% 3,65% 3,48% 3,30%
4 3,67% 3,50% 3,33% 3,17%
3 3,52% 3,36% 3,20% 3,04%
2 3,38% 3,23% 3,08% 2,92%
1 3,26% 3,11% 2,96% 2,81%

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