
En España, el sistema público de pensiones presume de ser uno de los más generosos del mundo, pero esa generosidad no siempre alcanza a todos por igual. Mientras que un funcionario adscrito al régimen de clases pasivas puede jubilarse a los 60 años con el 100% de su pensión si ha cotizado al menos 35 años, un trabajador del régimen general que haya contribuido más de 44 años y se jubile anticipadamente a los 61 años de forma involuntaria puede ver reducida su pensión hasta en un 24%. La diferencia, en términos económicos, alcanza los 227.724 euros a lo largo de su jubilación, pese a haber trabajado casi una década más.
Así lo refleja en un informe elaborado por ASJUBI40 registrado en parlamentos autonómicos y en el Congreso de los Diputados, respaldado incluso por una Proposición de Ley impulsada por Unidas Podemos. En él se recoge la situación de más de 900.000 personas que, tras décadas de cotización, se ven castigadas por un sistema que no distingue entre quien apenas ha cotizado 15 años y quien ha superado los 45. Según Manuel Barrera, portavoz de la asociación, no es justo ni de recibo que un trabajador con más de 44 años cotizados se le penalice con el 24% de la cuantía de su pensión por retirarse a los 61 años, mientras que otro se pueda jubilar con 60 años y con el 100% de la pensión, acreditando tanto solo 35 años. Es decir, irse unos años y habiendo cotizado 9 años menos.
Cotizan más, pero cobran una pensión menor
Para entender la denuncia de este jubilado es necesario acudir a dos normas clave. Por un lado, la Ley 27/2011, que regula la edad de jubilación, los requisitos de acceso y el método de cálculo de la pensión para todos los trabajadores incluidos en los distintos regímenes de la Seguridad Social. Por otro, el Real Decreto Legislativo 670/1987, que establece el régimen de Clases Pasivas del Estado y determina cómo acceden a la pensión los funcionarios incluidos en este sistema especial.
Leyendo ambas leyes podemos los ver cómo en el régimen general, al que pertenecen la mayoría de trabajadores por cuenta ajena, la pensión se calcula en base a tres elementos: la base reguladora, el porcentaje aplicado según los años cotizados y los coeficientes reductores en caso de jubilación anticipada.
La base reguladora se obtiene a partir de las últimas bases de cotización (actualmente los últimos 25 años), actualizadas según el IPC. Sobre esa base, que el el 100% de la pensión a la que uno tiene derecho se aplicar un porcentaje en función de los años cotizados que va desde el 50% para aquellos con 15 años cotizados y hasta alcanzar el 100% con 36 años y medio. Ahora, si el trabajador decide jubilarse antes de la edad legal (aunque tenga más años cotizados) se le aplican penalizaciones mensuales que pueden reducir la pensión hasta un 21 % en las voluntarias y del 30% en las involuntarias, dependiendo de los meses que anticipe y su historial de cotización.
En este régimen, cotizar por encima del mínimo requerido no bonifica la cuantía de la pensión salvo que se retrase la edad de jubilación (jubilación demorada).
En cambio, los funcionarios adscritos al Régimen de Clases Pasivas del Estado —como militares, jueces, policías nacionales o docentes antiguos— no ven su pensión calculada sobre una base de cotización, sino en función de su grupo funcionarial y el llamado haber regulador.
Este haber regulador actúa como una base fija asignada por ley a cada cuerpo o nivel administrativo. A él se le aplica un porcentaje que alcanza el 100 % con 35 años de servicios efectivos al Estado. Además, pueden jubilarse a los 60 años sin penalización, siempre que hayan cumplido ese mínimo. Si no se llega, se aplica un coeficiente lineal del 3,26 % por cada año faltante, mucho más moderado que en el régimen general.
Así, y entendiendo cómo funciona el cálculo de ambas pensiones, Manuel explica que un trabajador que se jubila de forma involuntaria —también denominada forzosa— a los 61 años, con más de 44 años cotizados, puede llegar a perder hasta 227.724,03 euros frente a otro pensionista del régimen de clases pasivas. Este último, además, se jubila un año antes y con nueve años menos cotizados.
Edad | Trabajador A Jubilado edad legal (100%) | Trabajador B Clases Pasivas (60 años) (100%) | Trabajador C Jubilado 4 años antes (24% penalización) | Trabajador D Jubilado 2 años antes (19% penalización) |
---|---|---|---|---|
60 años | — | 21.000,00 € | — | — |
61 años | — | 21.630,00 € | 15.960,00 € | — |
62 años | — | 22.278,90 € | 16.438,80 € | — |
63 años | — | 22.947,27 € | 16.931,96 € | 17.010,00 € |
64 años | — | 23.635,69 € | 17.439,92 € | 17.520,30 € |
65 años | 21.000,00 € | 24.344,76 € | 17.963,12 € | 18.045,91 € |
66 años | 21.630,00 € | 25.075,10 € | 18.502,01 € | 18.587,29 € |
67 años | 22.278,90 € | 25.827,35 € | 19.057,07 € | 19.144,90 € |
68 años | 22.947,27 € | 26.602,17 € | 19.628,79 € | 19.719,25 € |
69 años | 23.635,69 € | 27.400,24 € | 20.217,65 € | 20.310,83 € |
70 años | 24.344,76 € | 28.222,24 € | 20.824,18 € | 20.920,15 € |
71 años | 25.075,10 € | 29.068,91 € | 21.448,91 € | 21.547,76 € |
72 años | 25.827,35 € | 29.940,98 € | 22.092,37 € | 22.194,19 € |
73 años | 26.602,17 € | 30.839,21 € | 22.755,14 € | 22.860,02 € |
74 años | 27.400,24 € | 31.764,38 € | 23.437,80 € | 23.545,82 € |
75 años | 28.222,24 € | 32.717,32 € | 24.140,93 € | 24.252,19 € |
76 años | 29.068,91 € | 33.698,84 € | 24.865,16 € | 24.979,76 € |
77 años | 29.940,98 € | 34.709,80 € | 25.611,11 € | 25.729,15 € |
78 años | 30.839,21 € | 35.751,09 € | 26.379,45 € | 26.501,03 € |
79 años | 31.764,38 € | 36.823,63 € | 27.170,83 € | 27.296,06 € |
80 años | 32.717,32 € | 37.928,34 € | 27.985,96 € | 28.114,94 € |
81 años | 33.698,84 € | 39.066,19 € | 28.825,54 € | 28.958,39 € |
82 años | 34.709,80 € | 40.238,17 € | 29.690,30 € | 29.827,14 € |
83 años | 35.751,09 € | 41.445,32 € | 30.581,01 € | 30.721,95 € |
84 años | 36.823,63 € | 42.688,68 € | 31.498,44 € | 31.643,61 € |
85 años | 37.928,34 € | 43.969,34 € | 32.443,39 € | 32.592,92 € |
Total años | 602.206,20 € | 809.613,89 € | 581.889,86 € | 552.023,55 € |

La diferencia es aún más llamativa en el caso de un trabajador que se jubila voluntariamente a los 63 años con 41 años y 5 meses cotizados, donde la desigualdad alcanza los 257.590,34 euros.
Una jubilación sin penalización
Manuel Barreda explica que los jubilados afectados y los que llegarán en un futuro no quieren un trato de favor y sí una corrección de lo que consideran una injusticia estructural del sistema. Su propuesta es clara “eliminar los coeficientes reductores en las pensiones anticipadas —tanto voluntarias como involuntarias— para todos aquellos trabajadores que hayan cotizado al menos 40 años a lo largo de su vida laboral”. Es decir, despenalizar a aquellos que más han cotizado la sistema.
El colectivo argumenta que, en lugar de penalizar, el sistema debería reconocer y premiar las largas carreras laborales, más aún cuando comienzan desde edades tempranas. “No queremos ser más que nadie, pero tampoco menos”, repiten. Y es que muchos de los afectados comenzaron a trabajar con apenas 14 años, sin que esos primeros años cuenten a efectos de jubilación en igualdad con los posteriores.
Además, recuerdan que se trata de una reivindicación finita en el tiempo. Con las actuales condiciones del mercado laboral —marcadas por la precariedad y la discontinuidad—, cada vez será más difícil que alguien logre alcanzar los 40 años cotizados, lo que convierte a esta generación en una excepción que, según denuncian, el sistema castiga en lugar de proteger.
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