
Los trabajadores mayores de 52 años que se encuentren sin empleo y cumplan con los requisitos para pedir la jubilación podrán solicitar el subsidio para mayores de 52 años. Esta ayuda de 480 euros para 2023, se cobrará de manera indefinida hasta encontrar empleo o cuando cumplan la edad de jubilación.
Esta prestación cuenta con mayores beneficios que el resto de subsidios por desempleo. Entre ellos, se encuentra que se cobra de manera indefinida hasta encontrar empleo o llegar al final de la vida laboral. También cotiza para la jubilación.
Además, no se cobra de manera parcial como si ocurre con otras ayudas del SEPE. Es decir, se cobra el 100% de la ayuda (480 euros al mes).
El gobierno de España modifico esta ayuda. Inicialmente, era conocido como el subsidio para mayores de 55 años, pero con la aprobación del Real Decreto 8/2019 que entro en vigor el 13 de marzo de 2019 se modificó la edad de acceso, rebajando a los 52 años.
Requisitos subsidio mayores 52 años
Al ser un subsidio que se cobra hasta llegar a la edad de jubilación el SEPE exigen que se cumpla una serie de requisitos mucho más estrictos que en cualquier otra ayuda. Así para acceder a el, es necesario cumplir estos requisitos:
- Estar en situación legal de desempleo y no tener derecho a paro, habiendo cotizado por desempleo, al menos, entre 90 y 359 días.
- Estar inscrito como demandante en las oficinas del SEPE durante al menos un mes anterior a la solicitud. De otro modo, hay que esperar un mes desde que se agote la prestación contributiva por desempleo. Dentro de ese mes no se podrá rechazar ninguna oferta de empleo, entrevista de trabajo o acciones formativas dirigidas a reincorporarse al mercado laboral.
- Tener 52 años o más en el momento de presentar la solicitud. No es necesario tenerlo cumplidos, pero sí, cuando se comience a percibir el subsidio por desempleo.
- Contar con las cotizaciones necesarias para acceder a la pensión contributiva de jubilación. Es decir, se debe de contar con la menos 15 años cotizados y que de estos al menos dos se encuentren dentro de los últimos quince años. El SEPE exige esta condición para que, en el caso de no encontrar empleo, se pueda acceder directamente a la jubilación.
- Tener cotizados seis años dentro del Régimen General dentro de estos quince años. En otras palabras, no podríamos solicitar este subsidio si hemos cotizado los quince años por el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) u otro que no sea el general.
- Carecer de rentas superiores a 750 euros al mes, lo que corresponde al 75% del SMI para 2022. El SEPE exige que el solicitante no tengan ingresos superiores a esa cantidad para acceder al subsidio de mayores de 52 años.
- Cumplir con el compromiso de actividad. Se encuentra en el modelo de solicitud de subsidio.
- No tener la condición de persona trabajadora fija discontinua.
En el caso de no reunir los requisitos el SEPE cuenta con otros subsidio de carácter ordinario como pueden ser la Ayuda Familiar, el subsidio para mayores de 45 o las ayudas de carácter extraordinario como la Renta Activa de Inserción RAI o el Subsidio Extraordinario por Desempleo SED.
¿Cuánto se cobra y durante cuánto tiempo?
La cuantía es de 480 euros al mes y se cobra de manera indefinida hasta encontrar trabajo o llegar a la edad de jubilación. Esta corresponde al 80 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).
El SEPE ingresa los subsidio por desempleo entre los días 10 al 15 de cada mes. Desde que se originó la crisis del covid muchos banco y entidades firmaron un acuerdo con el Ministerio de Trabajo y Economía Social (MITES) para adelantar el cobro de la prestación a los días 3 al 5 de cada mes.
Solicitar la ayuda para mayores de 52 años
Para solicitar se deberá acudir a la oficina de empleo, a cualquier oficina de registro público o bien a través de la Sede Electrónica del SEPE.
- Por internet, desde la sede electrónica del SEPE, es necesario contar con certificado digital, DNI electrónico o sistema cl@ve.
- Sin certificado digital, desde la web del SEPE a través del formulario de pre-solicitud de prestaciones y subsidios.
- De forma presencial, en la oficina de empleo, solicitando previamente cita previa.
Documentación necesaria para tramitar el subsidio
En el momento de presentar la solicitud, es necesario adjuntar una serie de documentos obligatorios para la aprobación de subsidio. Así, los documentos para pedir la prestación para mayores de 52 años son:
- Modelo solicitud de subsidio por desempleo. Se puede descargar desde este enlace.
- Documento de identidad de la persona solicitante: Documento Nacional de Identidad (DNI), permiso de residencia (NIE) o Tarjeta de Identidad de Extranjeros/as (TIE) junto con el pasaporte.
- Certificado de la cuenta bancaria o Documento donde figure el solicitante como titular de la cuenta. El número de cuenta o IBAN será donde el SEPE realice el ingreso de la prestación.
- Justificante de renta. Solo si nos los exige un gestor del Servicio Público de Empleo Estatal.
Obligaciones para seguir percibiendo el subsidio de mayores de 52
Aunque el subsidio se cobre de manera indefinida, el desempleado deberá de efectuar algunas acciones y trámites para seguir manteniéndolo. Así, el SEPE exigirá de forma anual al desempleado, justificante de rentas. Es documento es para verificar que se sigue reuniendo el requisito del carecer de renta superior al 75% del SMI, es decir 750 euros. Este documento hay que presentarlo dentro de los 15 días hábiles a partir de que cumpla los doce meses.
Además, hay que estar al corriente de sellar el paro cada tres meses (90 días) y acudir a todas las llamadas del SEPE. De no hacerlo el desempleado podría incurrir en sanciones que lo llevarían a la perdida parcial o total del subsidio.
Otro aspecto que deben de tener en cuenta los beneficiarios de este subsidio es, el de cumplir con el compromiso de actividad y realizar la correspondiente búsqueda activa para el empleo (BAE). No cumplir con ello, puede suponer por parte de la administración unas acción con infracción leve.
Otras ayudas compatibles con el subsidio para mayores de 52 años
Existen ayudas compatibles con este subsidio, como es el caso del ingreso mínimo vital. Para acceder a estas dos ayudas de forma simultánea, el solicitante no deberá de superar el umbral de ingresos mínimos exigidos por la Seguridad Social y que viene recogido él los requisitos para solicitar el IMV.
Además, el subsidio de mayores de 52 años es compatible con las rentas mínimas de inserción y salarios sociales de las Comunidades Autónomas.
RAI o subsidio para mayores de 52 años ¿Cuál debo de pedir?
En el caso de reunir las condiciones para acceder a la ayuda para mayores de 52 años se deberá de solicitar este, ya que se cobra de manera indefinida hasta llegar a la edad de jubilación, mientras que en la RAI solo se puede cobrar como máximo, 33 meses.
Además, la ayuda para personas desempleadas mayores de 52 cotiza para la jubilación. En concreto cotiza por el el 125 % de la base de cotización mínima vigente cada año. Un aspecto a tener muy en cuenta sobre todo para aquellas personas que le faltan unos pocos meses o años para llegar a alcanzar la pensión contributiva de jubilación.
Referencias legales consultadas:
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