
La jubilación de los mayores de 52 años está en peligro si cobras el subsidio por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). El BOE ha publicado en el Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, un nuevo sistema por el que se bajarán las cotizaciones de la jubilación de las personas que perciben el subsidio para mayores de 52 años. Pero, ¿cómo será era reducción? ¿Hasta cuándo estará fijado? ¿Dejará de cotizarse para cobrar la pensión?
Una de las ventajas que presenta esta ayuda frente al resto es que es el único que cotiza para la pensión de jubilación de la Seguridad Social. Lo hace por el 125% de la base reguladora, sin embargo, la recién aprobada reforma del Ministerio de Trabajo especifica que “se aplica la reducción progresiva en la cotización a la jubilación de subsidio de mayores de 52 años hasta 2028”.
Eso sí, esta medida solo será aplicable a los desempleados con 52 años o más que comiencen a percibir esa ayuda asistencial cuando entre el vigor la reforma el próximo 1 de junio de 2023. Por el momento, se mantiene esa cotización del 125% en el Régimen General, o lo que es lo mismo, 1.575 euros al mes. Otro reflejo más de la lucha del ministerio de Yolanda Díaz por incentivar la vuelta al mercado laboral en los años cercanos a la jubilación.
Cómo baja la cotización a la jubilación del subsidio para mayores de 52 años
Echando un vistazo a la disposición transitoria tercera, donde se especifica el régimen transitorio de cotización aplicable al subsidio para mayores de 52 años, desde la entrada en vigor del real decreto en adelante, el SEPE cotiza por la contingencia de jubilación, tomando como las siguientes bases de cotización:
- En 2024, la base será el equivalente al 120% de la base mínima de cotización del Régimen General vigente en cada momento.
- En 2025, la base de cotización equivale al 115% de la base mínima vigente en cada momento.
- En 2026, la base de cotización equivale al 110% por la base mínima vigente en cada momento.
- Durante 2027, la base de cotización equivale al 105% de la base mínima de cotización.
Como apunta en su Instagram el abogado laboralista, Ignacio de la Calzada (‘Un tío legal’), “se producirá una modificación progresiva para que el 2028 se cotice solo el 100% de la base mínima para la jubilación”.
Así, en un periodo de cuatro años, el recorte será de un 5% en cada ejercicio económico, lo que se traduce en algo perjudicial para las personas que no trabajen y mantengan su situación de desempleo hasta llegar a alcanzar la edad de jubilación.
Sube la cuantía el primer año pero baja hasta los 480 euros en los siguientes
La cuantía del subsidio por desempleo sube conforme al Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples cuando entre en vigor la reforma. Durante los seis primeros meses, la persona recibe 570 euros mensuales (95% del IPREM) y 540 euros al mes (90% del IPREM) durante los seis meses siguientes hasta completar el año. A partir de ese momento, la cuantía baja hasta el 80% del IPREM, siendo actualmente de 480 euros mensuales.
Cabe mencionar que esas cuantías pueden sufrir modificaciones si cambia ese indicador y sube más allá de los 600 euros actuales. Quienes seguirán recibiendo 480 euros mensuales sin variar son los que se conviertan o ya sean beneficiarios del subsidio antes del 1 de junio de 2024.

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