Puedes reclamar a tu banco los gastos de tu hipoteca aunque la firmaras hace 25 años

Las personas que firmaron sus hipotecas hace 25 años también podrán reclamar los gastos cobrados de forma indebida por sus bancos. Esta es la forma en la que pueden hacerlo.

Fachada de diferentes bancos
¿Puedo reclamar a mi banco los gastos de una hipoteca que firmé hace 25 años? Archivo
Lucía Rodríguez Ayala

Las personas hipotecadas podrán reclamar a sus bancos los gastos relativos a la hipoteca cobrados de forma indebida, por tanto, conviene revisar si se hicieron pagos en conceptos como gastos de notaria, registro o comisión de apertura, entre otros, pero ¿esto se aplica también para las hipotecas firmadas hace 25 años?

La respuesta rápida es que sí, pero habrá que tener en cuenta una serie de consideraciones. Las reclamaciones en general se aplican a las hipotecas firmadas antes de junio de 2019, que fue la fecha en la que entró en vigor la Ley de Crédito Inmobiliario, que establece que son los bancos los que tienen que hacerse cargo de dichos gastos. 

En virtud de esto, los gastos que se pueden reclamar son los siguientes: 

  • 100% gastos de Registro de la Propiedad
  • 100% gastos de gestoría
  • 100% comisión de apertura
  • 100% tasación
  • 50% gastos de notaría

¿Se pueden reclamar los gastos de una hipoteca que se firmó hace 25 años?

Cómo ya se ha dicho los gastos de una hipoteca que se firmó hace 25 años podrán reclamarse, así lo establece una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en la que se indica que no hay fecha límite para reclamar dichos gastos

Esto quiere decir que la persona hipotecada podrá remitir a su banco la reclamación oportuna en el momento en que se dé cuenta de que hizo frente a estos gastos cobrados de forma abusiva, incluso si la hipoteca estuviera cancelada.

¿Cómo reclamar los gastos de una hipoteca que se firmó hace 25 años?

Para poder reclamar estos gastos, habrá que tener documentos justificativos del pago, como por ejemplo las facturas que se emitieron por dichos conceptos. 

Una vez que se tenga esta documentación habrá que presentar la reclamación en la entidad emisora de la hipoteca siguiendo, que en el caso de CaixaBank, Banco Santander o BBVA puede hacerse por varias vías. 

Una vez presentada la solicitud el banco tendrá dos meses para dar una respuesta a la misma, en el caso de no recibirla, se entenderá denegada y habrá que proceder a reclamar por la vía judicial. 

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