Logo de Huffpost

Soy empleada del hogar: ¿tengo derecho a cobrar la paga extra de verano?

Al igual que el resto de trabajadores, tienen derecho a cobrar dos pagas extraordinarias al año. Cuantía y otros aspectos a tener en cuenta.


Una empleada del hogar durante su jornada
Una empleada del hogar durante su jornada |EFE
Esperanza Murcia
Fecha de actualización:

Durante años, se ha visto como a las empleadas del hogar se les diferenciaba de otros trabajadores asalariados en cuanto a derechos se refiere. Por ejemplo, hasta el 1 de octubre de 2022 no pudieron cotizar por desempleo. Es por ello que muchas de estas trabajadoras pueden estar preguntándose, ¿tienen derecho a percibir la paga extraordinaria de verano?

Lo primero que hay que saber es que el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores recoge expresamente que se tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año. Así pues, las empleadas del hogar tienen derecho a percibir dos pagas extra al año. Ahora, el estatuto indica que una de ellas se recibirá “con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores”. 

Por ello, la segunda paga extraordinaria (además de la de Navidad) se podría recibir en cualquier momento del año, si así viene recogido en el convenio o se ha pactado con la empresa. No obstante, en la mayoría de compañías se recibe en junio o julio, coincidiendo con las vacaciones estivales. 

Asimismo, como recoge el Estatuto de los Trabajadores, estas pagas extraordinarias se pueden percibir de forma prorrateada, es decir, mes a mes, si así se ha pactado (si es así, ese concepto debe recogerse en la nómina todos los meses). Ahora, ya sea como un plus extra, o de forma prorrateada, las empleadas del hogar tienen derecho a cobrarlas, tanto si trabajan a tiempo completo como parcial.

¿Cuánto cobraré por la paga extra?

La cuantía de las pagas extraordinarias no puede ser inferior a 30 días del salario base, tal y como explican desde el sindicato USO. Por ello, a efectos prácticos, es como si en el mes que la recibes cobrases dos sueldos. Teniendo en cuenta que el Salario Mínimo Interprofesional en 2025 es de 1.184 euros brutos mensuales, la paga extra no podría ser inferior a esta cantidad. 

A tener en cuenta es que si no se ha devengado al completo, porque no se trabajó durante todos los meses, se cobraría la parte proporcional que corresponda.

Excepción: empleadas de hogar que trabajan menos de 120 días al año

En el caso de las empleadas del hogar que trabajan por horas, que son aquellas que trabajan menos de 120 días al año para el mismo empleador, en su salario hora ya vienen incluidas proporcionalmente las dos pagas extraordinarias, así como otros conceptos.

Actualmente, el SMI diario para las personas que trabajan menos de 120 días al año es de 9,26 euros la hora, incluyéndose aquí como se ha dicho la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias completas, las vacaciones y los descansos.