Logo de Huffpost

Una casera consigue echar a sus inquilinos para quedarse ella a vivir en la casa: solo tuvo que avisar con dos meses de antelación sin probar por qué la necesitaba

La Justicia indica que es suficiente con que la propietaria comunique a los inquilinos que necesita la vivienda para destinarla a residencia habitual, siempre que avise con dos meses de antelación y se cumplan los requisitos recogidos en la LAU.

Imagen ilustrativa de un hombre siendo desalojado
Imagen ilustrativa de un hombre siendo desalojado |EFE
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:

La Audiencia Provincial de Tarragona ha dado la razón a una casera que podrá recuperar la vivienda alquilada para vivir ella después de reclamarla a los inquilinos. En este caso, la Justicia señala que la propietaria tenía derecho a recuperar la casa para su uso personalsin que fuera necesario explicar los detalles de por que la necesitaba en el burofax que envió a los inquiilnos. Y es que además, el propio contrato de alquiler contemplaba una cláusula que recogía esa posibilidad, tal y como exige la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Según la sentencia de 19 de marzo de 2026, en el contrato de alquiler que firmaron el 12 de mayo de 2014, se incluía una cláusula en la que decía que la propietaria podía exigir la finalización del contrato cuando necesitara la vivienda para sí misma o para sus descendientes, siempre que avisara por escrito con dos meses de antelación a los inquilinos.

La propietaria comunicó a los inquilinos que quería recuperarla porque la necesitaba para usarla como vivienda permanente, pero estos se negaron a irse alegando que no les había explicado los motivos concretos para destinarlo a vivienda permanente. Sin embargo, tanto el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Tortosa como la Audiencia Provincial rechazaron estos argumentos y avalaron el desalojo.

La propietaria puede recuperar la vivienda sin detallar sus motivos personales en el burofax

La Audiencia Provincial destacó en su sentencia que el artículo 9.3 de la LAU deja claro que el casero puede recuperar la vivienda, una vez que pasa el primer año de alquiler, si la necesita para vivir él mismo o sus familiares directos, siempre y cuando el contrato incluya una cláusula que prevea esta posibilidad.

 Artículo 9.3 LAU | BOE
 Artículo 9.3 LAU | BOE

Este hecho se daba en este caso, ya que el contrato incluía la cláusula y, además, la propietaria avisó a los inquilinos de que quería recuperarla en el tiempo establecido, de dos meses, a través de un burofax.

Pese a la notificación, los inquilinos aseguraban que no les había aclarado el motivo por el que necesitaba recuperar la vivienda, pero la Audiencia dejó claro que ni la ley ni el contrato exigían que la propietaria especificara o probara en esa comunicación los motivos concretos por los que necesitaba la vivienda.

No obstante, y aunque no era necesario que lo hiciera, la sentencia señaló que la casera sí que explicó los motivos, que eran que había perdido su trabajo y no tenía otra vivienda en la que instalarse junto a su hija, diagnosticada con Trastorno del Espectro Autista.

Por todo ello, la Audiencia Provincial de Tarragona dio por finalizado el contrato de alquiler, obligando a los inquilinos a abandonar la vivienda. No obstante, contra dicha sentencia (SAP T 447/2026) cabía recurso de casación, siempre que se cumplieran los requisitos legales.