El SEPE eliminará los subsidios parciales por desempleo a partir de esta fecha

Con la nueva reforma de los subsidios por desempleo los trabajadores a jornada parcial cobrarán la prestación completa sin reducciones.

Francisco Miralles

Con la nueva reforma de los subsidios por desempleo aprobada por el gobierno de España bajo el Real Decreto-ley 2/2024, se han introducido grandes cambios y mejoras para los desempleados, mejorando la accesibilidad, la duración y las cuantías de estos subsidios. Entre estos cambios, se eliminan por completo los conocidos como subsidios parciales que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Hasta ahora, cuando un trabajador perdía su empleo y este era a jornada parcial, el subsidio que recibía era proporcional a las horas trabajadas. Por ejemplo, si se trabajaba a media jornada, se percibía el 50% del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Así que, si el IPREM está actualmente en 480 euros, el desempleado recibía la mitad, es decir, 240 euros. Ahora con la reforma de los subsidios por desempleo, estas prestaciones no contributivas cambiaran en la forma de cobrarse.

Cómo cambian los subsidios parciales con la nueva reforma

Cuando entre la normativa en vigor (a partir de 1 de noviembre) desaparecerá el subsidio parcial y todos los trabajadores sin importar el tipo de contrato podrán acceder al subsidio por desempleo por insuficiencia de cotización o por agotamiento de la prestación contributiva por desempleo.

Además, ya no cobrarán una cuantía parcial, sino íntegra. Esto significa que durante los primeros seis meses se cobrará el 95% del IPREM vigente (ahora mismo son 570 euros), durante los seis meses siguientes el 90% (540 euros) y, el resto del periodo, hasta agotar el subsidio por desempleo, se seguirá percibiendo el 80% del IPREM (480 euros).

Duración de los subsidios por desempleo

La duración del subsidio por insuficiencia de cotización, dependerá de las cotizaciones acumuladas y de si se tienen responsabilidades familiares. Las personas con 3, 4 o 5 meses cotizados tendrán derecho a 3, 4 o 5 meses, respectivamente. Con 180 días cotizados (6 meses), sin cargas familiares, la duración será de seis meses, pero con responsabilidades familiares, será de hasta 21 meses.

En el caso del subsidio por agotamiento de la prestación, al que se accede cuando se agota el paro, la duración dependerá de los días consumidos de la prestación contributiva y la edad del solicitante. Para personas menores de 45 años, se requiere haber agotado al menos 360 días de prestación contributiva para acceder a un subsidio de seis meses. Para mayores de 45 años sin cargas familiares, es necesario haber consumido al menos 120 días para recibir seis meses de subsidio.

Quienes tienen responsabilidades familiares, independientemente de la edad, si han consumido al menos 120 días de prestación contributiva, tendrán derecho a un subsidio de hasta 24 meses. Si han consumido al menos 180 días, el subsidio se extenderá hasta 30 meses.

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