
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) es el organismo encargado de supervisar el cumplimiento de la legislación laboral en España. Depende del Ministerio de Trabajo y Economía Social y tiene como función principal que se respeten los derechos de los trabajadores, actuando en casos de irregularidades vinculadas al empleo, la Seguridad Social, la prevención de riesgos laborales o las condiciones de trabajo. Cualquier persona que tenga conocimiento de posibles infracciones laborales puede dirigirse a la Inspección de Trabajo para presentar una denuncia formal, lo que puede dar lugar a la apertura de una investigación por parte de la ITSS.
Tal y como se recoge en la web del propio organismo, se consideran infracciones en el orden social aquellas “acciones y omisiones de los sujetos responsables (personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes) tipificadas y sancionadas en la normativa del orden social”. Estas infracciones pueden clasificarse en leves, graves y muy graves, y cada una conlleva un rango económico específico de sanciones, que se determina en función de la gravedad y otros factores atenuantes o agravantes.
Según datos de 2024, la Inspección de Trabajo multó con más de 20 millones de euros a diferentes empresas y se han elevado un 9% las multas por infracciones por el registro horario, tanto por el control del registro, el tiempo de trabajo y las horas extraordinarias.
¿Cómo presentar una denuncia en la Inspección del Trabajo?
La denuncia ante la Inspección de Trabajo puede formalizarse a través de tres vías principales:
- Presencialmente, acudiendo a las oficinas provinciales de la ITSS o a los registros de otras administraciones públicas locales, de la Administración del Estado o de las Comunidades Autónomas, siempre que exista convenio.
- Por vía telemática, mediante la sede electrónica del Ministerio de Trabajo, usando DNI electrónico, certificado digital o el sistema Cl@ve.
- Por correo postal, enviándola a la oficina provincial correspondiente. En caso de presentarla mediante vía postal o en los registros sin personarse el denunciante, es necesario adjuntar una copia compulsada del DNI o, en su caso, una autorización expresa para la verificación de identidad.
Según el Real Decreto 928/1998, la denuncia debe formularse por escrito y debe incluir una serie de elementos obligatorios para que pueda ser tramitada. Entre ellos se encuentran los datos personales del denunciante con firma, una descripción detallada de los hechos que se consideran infracción, la fecha y lugar de los acontecimientos, la identificación de los presuntos responsables y cualquier otra circunstancia relevante. El modelo oficial está disponible en varios idiomas en la página web del Ministerio de Trabajo.
La normativa establece que no se aceptarán denuncias anónimas, ni aquellas que no sean competencia de la ITSS, resulten ininteligibles o carezcan de fundamento. Tampoco se admiten denuncias enviadas por correo electrónico. Pero, ¿entonces la denuncia no es anónima? De cara a la empresa, sí.
Confidencialidad del denunciante ante la empresa
Los funcionarios de la Inspección están obligados por ley a guardar secreto sobre la identidad del denunciante y sobre los datos de los casos que gestionen. Es decir, si tú denuncias una irregularidad, la empresa no sabrá que has sido tú, y los funcionarios no pueden revelar esa información.
Durante la investigación, el denunciante no tendrá la condición de interesado, salvo que los hechos afecten directamente a sus derechos laborales, según la Ley 23/2015. Por lo tanto, mientras la Inspección investiga los hechos, tú no tendrás derecho a intervenir ni a acceder al expediente completo y solo tendrás derecho a recibir información si lo investigado afecta directamente a tus derechos individuales o colectivos como trabajador.
Si la denuncia termina en un procedimiento sancionador contra la empresa, entonces podrías pasar a ser considerado “parte interesada”. Esto significa que tendrías derecho a participar en el procedimiento, presentar alegaciones, acceder a documentos, etc., como regula la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.
Cómo usar el buzón anónimo de la ITSS: ¿es igual de útil?
Además del procedimiento formal, el Ministerio de Trabajo ha habilitado el ‘Buzón de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social’, una herramienta anónima que permite comunicar irregularidades sin necesidad de identificarse.
Esta opción no tiene validez como denuncia formal, pero puede servir como primer paso para alertar a la administración de conductas sospechosas.
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