El Ministerio de Trabajo prometió reformar el despido, pero su negociación está estancada, mientras que UGT pretende recurrir al Tribunal Constitucional.
Despidos - Página 5
La trabajadora fue pillada en diez ocasiones durante cinco semanas, ocultándose en un recoveco del obrador para no ser vista, por lo que el Tribunal desestima la nulidad de la prueba de videovigilancia
Para que se considere que hay dimisión, debe existir “una voluntad inequívoca” del trabajador de dar por terminada la relación laboral.
Con 61 años y cuatro por delante para jubilarse con pensión completa, apenas encuentra empleo y teme perder una gran suma de dinero si se retira ahora.
La Justicia declara procedente el despido, que se produjo en una tienda Supeco, perteneciente al grupo Carrefour.
La compañía calcula un coste medio de casi 455.000 euros por trabajador y espera que el proceso, que ya se ha firmado con los sindicatos, contribuya a su plan estratégico de reducción de costes.
Las empresas siempre deben informar de la instalación de cámaras y, en términos generales, está prohibido recoger el audio.
El trabajador que ocupaba un puesto como coordinador, intentó anular el despido alegando que las cámaras no podían usarse para sancionarle y que no fue escuchado antes del despido, lo que vulneraba sus derechos.
La mujer, además, alegó discriminación en el despido por llevarse a cabo cuando estaba de baja.
Insultaba a sus compañeros (con faltas graves como “hijo de puta”), les faltaba el respeto e incluso llegó a abandonar su puesto de trabajo.
La reducción del 25% frente a la propuesta inicial garantiza que todas las salidas sean voluntarias y abre la puerta a la firma del acuerdo el lunes.
La empresa acreditó razones objetivas que acreditaban un comportamiento inadecuado del trabajador.
Un error de procedimiento de la empresa permitió al empleado, que dio 1,3 g/l de alcohol en sangre, ganar el juicio por despido improcedente.
La reducción de plantilla en las siete filiales afectadas pasa del 35% planteado al inicio de la negociación a alrededor del 26%, a falta de cerrar el proceso en Movistar+
El TSJ de Madrid declara extinguido el contrato, ya que sufrió una modificación sustancial de condiciones "desproporcionada”, pasando de dirigir un equipo audiovisual a vender ropa en tienda, perdiendo más de 36.000 euros anuales.
Los jueces concluyeron que los mensajes con contenido sexual atentaron contra la dignidad de las empleadas y justificaron la terminación del contrato.
La empresa no le comunicó formalmente la asignación de su nuevo puesto de trabajo, lo que determina que el despido se declare improcedente.
Los trabajadores alegaron que el despido debía ser improcedente porque estaban afiliados a CCOO y se había incumplido el trámite de audiencia previa, pero para la justicia sí se realizó.
El Alto Tribunal explica que, según la Ley 15/2022, tras agotar la duración máxima de incapacidad temporal y no obtener la permanente, no se puede extinguir el contrato por motivos de salud sin realizar "ajustes razonables”, ya que es discriminatorio.
Además, no utilizaba el calzado de seguridad proporcionado por la empresa.
El Alto Tribunal aclara que la empresa se limita a cumplir con la obligación de suspender la cotización, sin que la entrega del finiquito implique necesariamente la voluntad de extinguir la relación laboral.
El TSJ de Castilla y León declaró el despido procedente por transgresión de la buena fe contractual.
La operadora recorta el número de salidas previstas en su filial, pero los sindicatos piden mejores condiciones y más voluntariedad.
El trabajador alegó que la empresa no había acreditado que actuó con intención de dañar el electrodoméstico y sostuvo que el golpe fue accidental y no un intento de provocar una merma.
La Justicia considera que la presencia de este profesional, que era anestesiólogo, era esencial durante la intervención ya que debía supervisar a sus compañeros.
La trabajadora intentó alegar que la medida era desproporcionada debido a sus problemas de salud mental, pero el TSJ explicó que que ocultar y retener paquetes de clientes suponía una quiebra irreparable de la confianza.
Llevaba más de 20 años en la empresa y se queda sin percibir ninguna indemnización porque es válido su despido disciplinario.
En el convenio los hechos se califican como una falta grave, no muy grave, determinando el TSJ de Canarias que no reunía la gravedad suficiente para aplicar el despido disciplinario.
El tribunal explicó que la empresa no garantizó su derecho de defensa mediante un simple correo electrónico y que actuó contra sus propios actos al haber permitido previamente el cambio de horario.
La cadena cerrará dos establecimientos en 2026 y promete recolocar a sus 271 trabajadores.
Las ofensas fuera del lugar y horario de trabajo pueden justificar el despido, siempre que afecten la relación laboral y la convivencia en la empresa.
Para la justicia, supone una transgresión de la buena fe contractual y abuso de la confianza. Además, tenía sanciones previas por abandono de su puesto de trabajo.
Aunque se declara la nulidad del despido, el TSJ de Andalucía no obliga a su readmisión, por lo que a la indemnización por daños morales, se suma la del despido improcedente y los salarios de tramitación.
La compañía lanza un ERE con el fin de "asegurar la viabilidad a largo plazo de la compañía".
El anteproyecto modifica el Estatuto de los Trabajadores para blindar a empleados que revelen ilegalidades. También se anulan despidos en periodo de prueba por represalias.
La empresa solo podría llegar a justificar el despido si demuestra que las pausas al baño no respondían a una necesidad fisiológica, sino para trabajar menos.
La justicia considera que el uso de esta expresión supone una vulneración de su derecho al honor.
El establecimiento, abierto durante el Mundial de 1998, cesaría su actividad en junio de 2026.
El tribunal tuvo en cuenta el estrés al que estaba sometido el trabajador, con jornadas laborales de “hasta 70 y 80 horas semanales” y problemas personales.
Decir “me voy” tras una discusión y darse de baja inmediatamente después, no se puede entender como una dimisión voluntaria.
La validez de las cláusulas que configuran una indemnización por cese deben impugnarse por la vía del procedimiento de despido, y no por el ordinario como hizo el trabajador.
Las trabajadoras encadenaron cambios de empresa sin explicación mientras seguían limpiando los mismos centros, hasta que fueron dadas de baja sin aviso ni trámite alguno, en un cese que ahora la justicia considera irregular y carente de toda justificación.
La clienta se llevó productos del supermercado como un jamón ibérico o chorizo de Pamplona y al pasar por caja pagó 27,09 euros en lugar de 71,86 euros.
La compañía ha comunicado a los sindicatos una propuesta de despido colectivo que afectaría al 35,3% del personal de siete de sus sociedades en España.
La operadora ha detallado las cifras de salidas previstas en seis de sus siete sociedades, con una afectación que podría aumentar tras la última reunión prevista para esta tarde.
El TSJ de Cataluña, al igual que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, considera que forzó su despido para cobrar la ayuda, tratándose realmente de un cese voluntario.
El ahorro promedio estimado para Telefónica a raíz del ERE se sitúa en unos 285 millones de euros anuales.
La compañía plantea un expediente de regulación de empleo que afectaría a un 41 % de la plantilla de Telefónica de España, un 31 % en Telefónica Móviles y un 24 % en Telefónica Soluciones.
El tribunal avaló el uso de las cámaras de vigilancia por parte del supermercado valenciano ya que sospechaban de hurtos. Luego, la trabajadora reconoció los hechos.
El abogado Rafael Serrano recuerda que los trabajadores sin papeles tienen los mismos derechos laborales y que estos se pueden reclamar en caso de ser vulnerados.
La Justicia dio la razón a la empresa que en la carta de despido explicó que la trabajadora desatendió a unos clientes para comer cangrejo que había puesto a cocer ella misma
El tribunal ha dado por válidas las grabaciones de las cámaras de seguridad y rechaza que se vulnerasen los derechos del trabajador.
El Tribunal concluye que existió fraude de ley en la contratación y que la causa alegada para el cese no era real.
El TSX de Galicia considera nulo el despido por discriminación por discapacidad. Además, también deben abonarle los salarios de tramitación.
El pescado estaba apartado en una bandeja, y cuando la descubrieron, señaló que había actuado de ese modo “por las prisas” ya que conocía el protocolo.
Un estudio de Microsoft ha revelado que las profesiones centradas en la redacción y el manejo de información son las más vulnerables.
El Alto Tribunal ratifica la improcedencia del cese al establecer que el convenio sectorial estatal debe aplicarse para exigir el trámite de audiencia previa, supliendo así el vacío regulatorio del convenio provincial.
UGT ya ha rechazado la propuesta y pide garantizar la voluntariedad de las salidas y la extensión de los convenios hasta 2030.
La empleada, inmigrante y sin permiso de trabajo, fue despedida de forma verbal mientras se recuperaba de una operación de apendicitis, un motivo que el tribunal considera discriminatorio y suficiente para declarar el despido nulo.
El empleado fue despedido tras descubrirse que trabajaba para otra compañía mientras estaba de baja médica. Fue su propia esposa quien envió la denuncia que destapó el caso.
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