
Estar de baja médica no garantiza que un trabajador no pueda ser despedido. Aunque la normativa laboral impide que la incapacidad temporal o permanente sea motivo directo de despido, sí existen supuestos legales que permiten a la empresa extinguir el contrato de trabajo durante el periodo de baja, siempre que no sea por la propia baja en sí.
Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 4/2020, de 18 de febrero, el Gobierno derogó el artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores, que permitía el despido objetivo por ausencias al trabajo justificadas pero intermitentes. Con esta reforma se buscaba, que los trabajadores estuvieran más protegidos frente a los despidos vinculados a bajas médicas justificadas.
Del mismo modo, en julio de 2023 se reformó el artículo 49.1.e del Estatuto de los Trabajadores, eliminando como causa automática de extinción del contrato el reconocimiento de una Incapacidad Permanente. Esto impide que las empresas puedan dar por finalizada la relación laboral de manera automática al producirse algunas de estas situaciones, aunque como toda norma, hay excepciones.
Motivos por los que pueden despedirte estando de baja
Aunque ya no se puede despedir legalmente a un trabajador por estar de baja, sí permite a la empresa extinguir el contrato si existen otras razones justificadas y ajenas a dicha situación. En estos casos, el despido puede ser legal siempre que la empresa lo argumente debidamente.
Uno de los motivos más frecuentes es el despido objetivo. Este se aplica cuando concurren causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, lo que se conoce como causas ETOP. Si la empresa atraviesa dificultades económicas o necesita reestructurar su plantilla, puede despedir a un trabajador incluso aunque esté de baja médica, siempre que lo justifique adecuadamente.
Otro supuesto es el despido disciplinario. Aquí, la empresa puede alegar que el trabajador ha cometido una falta grave, como la desobediencia, la indisciplina, las ofensas verbales o físicas, o el incumplimiento de sus obligaciones contractuales. También se incluye el bajo rendimiento continuado, siempre que sea voluntario, o realizar actividades incompatibles con la recuperación durante la baja. En estos casos, el empleador puede despedir al trabajador siempre que demuestre que hubo una vulneración grave de la relación laboral.
Por último, puede finalizar el contrato si este era de duración determinada (por ejemplo un contrato temporal) y concluye mientras el trabajador está de baja. En este supuesto, la empresa no tiene la obligación de renovarlo. Asimismo, si la empresa cierra o cesa su actividad, puede extinguir los contratos de todos sus empleados, estén o no de baja en ese momento.
¿Qué pasa si el despido es injustificado?
Si el trabajador considera que su despido durante la baja médica no responde a ninguna de las causas legales mencionadas, puede impugnarlo por considerarlo improcedente o incluso nulo. Para ello, deberá presentar una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC). Si no se alcanza un acuerdo en ese trámite, podrá acudir a la vía judicial.
En caso de que el despido sea declarado improcedente, la empresa tendrá que elegir entre readmitir al trabajador o indemnizarlo conforme a lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores. Si, por el contrario, se declara nulo, la empresa estará obligada a readmitirlo en su puesto de trabajo y a abonarle los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, además de las vacaciones no disfrutadas.
En cambio, si el despido se considera procedente, el trabajador no tendrá derecho a indemnización, aunque sí podrá acceder a la prestación por desempleo si cumple con los requisitos de cotización exigidos.
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