
El Gobierno de España publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se aprobaba la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) hasta los 1.080 euros brutos mensuales. En este sentido, muchos trabajadores se preguntan cuál debería ser su salario o si es posible cobrar por debajo de este valor de referencia.
La primera duda que surge a los trabajadores es si el salario mínimo interprofesional es lo mismo que el salario base y la respuesta es no. El salario mínimo interprofesional es la cantidad mínima que debe cobrar cualquier trabajador, sin importar el tipo de contrato que tenga. Por otro lado, el salario base compone el grueso del sueldo que percibe mensualmente un trabajador y que puede incrementar con complementos salariales y otras remuneraciones no salariales.
Ahora, ¿qué pasa con el SMI cuando hay pagas extras o se trabaja por horas?
¿Cuál es el salario mínimo interprofesional en 2023?
El salario mínimo interprofesional (SMI) para 2023 ha quedado en 1.080 euros brutos mensuales en 14 pagas, es decir, 15.120 euros brutos anuales. En el caso de tener las pagas extra prorrateadas, el salario será de 1.260 euros brutos anuales.
En cuanto al salario mínimo por hora trabajada, este queda fijado en los en 7,88 euros por hora y en el caso de estar incluidas las pagas extraordinaria, el valor mínimo quedará fijado en los 8,45 euros por hora trabajada.
En cuanto al salario mínimo diario, este se sitúa en los 36 euros brutos. En el caso de trabajadores eventuales y de temporeros/as este queda fijado en los 51,15 euros al día.
En el siguiente listado se puede consultar el salario mínimo según las horas trabajadas cada semana:
- 40 horas: 1.260 €.
- 39 horas: 1.228,50 €.
- 38 horas: 1.197 €.
- 37 horas: 1.165 €.
- 36 horas: 1.134 €.
- 35 horas: 1.102,50 €.
- 34 horas: 1.071 €.
- 33 horas: 1.039,50 €.
- 32 horas: 984 €.
- 31 horas: 976,50 €.
- 30 horas: 945 €.
- 29 horas: 913 €.
- 28 horas: 882 €.
- 27 horas: 850,50 €.
- 26 horas: 819 €.
- 25 horas: 787,50 €.
- 24 horas: 756 €.
- 23 horas: 724,50 €.
- 22 horas: 693 €.
- 21 horas: 661,50 €.
- 20 horas: 630 €.
- 19 horas: 598,50 €.
- 18 horas: 567 €.
- 17 horas: 535,50 €.
- 16 horas: 504 €.
- 15 horas: 472,50 €.
- 14 horas: 441 €.
- 13 horas: 409,50 €.
- 12 horas: 378 €.
- 11 horas: 346,50 €.
- 10 horas: 315 €.
- 9 horas: 283,50 €.
- 8 horas: 252 €.
- 7 horas: 220,50 €.
- 5 horas: 157,50 €.
- 4 horas: 126 €.
- 3 horas: 94,50 €.
Las cifras mencionadas anteriormente solo se refieren a los pagos en efectivo y no incluyen el cálculo de las porciones correspondientes a los días de fines de semana y festivos. Además, es importante destacar que no se permite una reducción total en dinero del salario mínimo en ningún caso.
Cómo se determina el SMI cada año
El salario mínimo interprofesional y la subida se determina conforme a lo legislado en el artículo 27 del Estatuto de los trabajadores. Este dice que cada año, el Gobierno determinará el salario mínimo interprofesional después de consultar con las organizaciones sindicales y las asociaciones empresariales.
Para determinar la subida del SMI, el Gobierno tendrá en cuenta varios factores como el índice de precios al consumo (IPC), la productividad media nacional, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica general.
Esto asegura que el salario mínimo se ajuste de manera adecuada a las condiciones económicas y sociales de casa, ejercicio. De hecho, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, planea ligar el SMI al 60% del sueldo medio nacional y con independencia del Gobierno que esté en el poder. Por otro lado, Yolanda Díaz va más allá y plantea que subir aún más ese porcentaje, así como reducir las horas trabajadas.
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