
La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a una mujer a devolver 104.056 euros por seguir cobrando durante más de 12 años la pensión de viudedad de su madre, fallecida en 2007. La acusada ocultó el deceso tanto al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) como a la entidad bancaria, y utilizó los fondos ingresados mensualmente en la cuenta en la que estaba autorizada como cotitular. El fraude se mantuvo hasta 2019, cuando un hermano de la acusada comunicó finalmente el fallecimiento.
Todo empiezo en 2007, momento en el que fallece la madre de la acusada, una mujer que desde 1981 venía percibiendo una pensión de viudedad por parte de la Seguridad Social. A pesar del deceso, su hija no comunicó este hecho al INSS lo que provoco que esta siguiera cobrando la pensión en la misma entidad bancaria, siendo esta CajaMar.
La cuenta bancaria en la que se abonaba la pensión tenía como personas autorizadas a dos de los hijos de la fallecida, entre ellos esta mujer, que durante más de doce años fue disponiendo del dinero que seguía ingresando la Seguridad Social. En total, entre octubre de 2007 y octubre de 2019, llego a cobrar 104.056,44 euros de forma indebida.
El fraude se mantuvo en silencio hasta que, en octubre de 2019, otro de los hijos de la fallecida (hermano de la acusada y que figuraba como cotitular) comunicó a la Seguridad Social el fallecimiento de su madre. Fue entonces cuando se destapó el cobro irregular de la pensión, lo que motivó la apertura de una investigación y, posteriormente, un procedimiento judicial por delito contra la Seguridad Social.
En ese momento, la entidad recuperó directamente del banco una parte del dinero (concretamente, 36.115,54 euros correspondientes a los últimos años de pagos indebidos) y posteriormente notificó a la hija que debía devolver el resto de las cantidades indebidamente percibidas.
La Seguridad Social intentó reclamar el resto de los cobros indebidos a la hija, solicitando la devolución de 67.940,90 euros correspondientes al periodo comprendido entre octubre de 2007 y noviembre de 2015. Al no obtener el reintegro, el organismo presentó una denuncia, entendiendo que el cobro indebido no era fruto de un error administrativo, sino de una ocultación deliberada con ánimo de lucro, lo que encajaba dentro del tipo penal de fraude a la Seguridad Social.
Obligada a devolver 67.940,90 euros más multa
La Audiencia Provincial de Murcia, tras revisar los hechos y viendo que la acusada los reconoció, ordeno que debería de devolver 67.940,90 euros pendientes a la Seguridad Social, más la obligación de pagar una multa de 52.028,22 euros. Además, no podrá pedir ni cobrar ayudas, prestaciones o subvenciones durante cuatro años.
Además, la sentencia declara también la responsabilidad civil subsidiaria de la entidad bancaria Cajamar, por no haber verificado la pervivencia de la titular de la pensión durante todos esos años. Según el tribunal, la entidad financiera, en su papel de pagadora de prestaciones públicas, tenía la obligación legal de comprobar anualmente si la persona beneficiaria seguía con vida. La falta de controles permitió que el fraude se prolongara durante más de una década sin ser detectado. Es decir, que si la condenada no devuelva los 67.940,90 euros , deberá hacerlo Cajamar.
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