El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el encargado de gestionar la prestación contributiva por desempleo y el resto de subsidios, en función de las cotizaciones y de la situación económica y familiar del desempleado. En este sentido, existe el subsidio para mayores de 52 años, una ayuda de 480 euros al mes que puede cobrarse de manera indefinida, siempre que se mantengan los requisitos exigidos. A diferencia de otros subsidios, este no tiene una duración determinada, ya que puede percibirse hasta que el beneficiario encuentra un empleo o accede a la jubilación.
Este subsidio está dirigido a personas desempleadas de 52 años o más que hayan agotado la prestación contributiva por desempleo o que, sin haberla cobrado, acrediten cotizaciones suficientes. El objetivo es evitar situaciones de exclusión social entre quienes han trabajado pero no alcanzan todavía la edad legal para jubilarse. Además, tiene la particularidad de que se puede mantener en el tiempo siempre que se actualicen los datos y se cumplan los requisitos exigidos.
Requisitos de este subsidio
Para acceder al subsidio para mayores de 52 años, los solicitantes deben cumplir con una serie de condiciones recogidas en la normativa del SEPE:
- Edad mínima: Tener cumplidos 52 años en el momento de la solicitud.
- Situación de desempleo: Estar en paro, inscrito como demandante de empleo y haber agotado la prestación contributiva (el “paro”) o, sin haberla cobrado, haber cotizado al menos 90 días por desempleo.
- Ingresos: No superar el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En 2025, este límite está fijado en 850,50 euros mensuales.
- Cotizaciones: Acreditar al menos 15 años cotizados a la Seguridad Social, de los cuales dos deben haberse producido en los últimos 15 años. Además, es obligatorio haber cotizado al menos seis años por desempleo en trabajos por cuenta ajena en el Régimen General, el Sistema Especial Agrario, el Régimen de Trabajadores del Mar o a través de contratos de formación. Es decir, que por ejemplo, los trabajos en le RETA no contarían.
- Requisitos para jubilación: Cumplir con todas las condiciones exigidas para acceder a la pensión contributiva de jubilación, excepto la edad.
Cuantía y duración del subsidio
La cuantía del subsidio para mayores de 52 años es el 80% del del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente cada año. En 2025, son 480 euros al mes, abonados en 12 mensualidades, por lo que este como ninguna ayuda del SEPE tiene pagas extraordinarias.
Aunque la reforma de los subsidios, recogida en el Real Decreto-ley 2/2024, contempla una subida inicial del 95% del IPREM para los subsidios, esta no se contempla para la ayuda de mayores de 52 años, por lo que la cuantía se sigue manteniendo en el 80% del IPREM.
Ahora, lo que si es interesante y a tener en cuenta es, que el subsidio para mayores de 52 años es que no tiene una duración limitada. Es decir, a diferencia de otras ayudas del SEPE esta se puede seguir cobrando hasta encontrar un empleo o hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación, siempre que se cumplan los requisitos exigidos. Además, es el único subsidio que cotiza para la pensión, concretamente por el 125% de la base mínima de cotización vigente, lo que en 2025 equivale a 1.653,75 euros mensuales.
Cómo solicitar esta ayuda
El subsidio puede solicitarse a través de varias vías:
- Presencialmente: En cualquier oficina del SEPE, solicitando cita previa.
- Online: A través de la Sede Electrónica del SEPE, utilizando certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico.
- Formulario de pre-solicitud: Disponible en la web oficial del SEPE, una opción pensada para quienes no disponen de medios electrónicos.
Para tramitar la solicitud es necesario presentar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos, como el DNI, el certificado de empresa, la vida laboral y los justificantes de ingresos, entre otros.
Declaración anual de rentas obligatoria
Una vez concedida la ayuda, hay que saber que todos los beneficiarios están obligados a presentar una declaración anual de rentascon la que el SEPE verifica que se cumple con el requisito de carencia de ingresos y se mantienen por debajo del umbral establecido. Este trámite es obligatorio para mantener el derecho al cobro del subsidio. En caso de no presentarlo dentro del plazo establecido, el SEPE puede suspender temporalmente el pago de la ayuda, aunque esta se puede reactivar si se entrega la documentación requerida dentro de los 90 días siguientes.
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