Estas son las cuotas que tendrán que pagar los autónomos en 2025

Podrán cambiar de tramo en determinados momentos de año para adaptarse a la realidad de sus ingresos.

Agricultor desempeñando su actividad
Agricultor desempeñando su actividad EFE
Redacción Noticiastrabajo

El nuevo sistema de cotización en función de los ingresos reales para los autónomos sigue consolidándose en 2025. Para este próximo ejercicio, los autónomos dispondrán de 15 tramos de cuotas que, tomando como referencia la base mínima de cotización, oscilarán entre los 200 euros y los 590 euros.

Por su parte, los autónomos tendrán que facilitar a la Seguridad Social una estimación de los ingresos reales que podrían facturar en 2025. Para evitar que esto cause ningún perjuicio a los profesionales, estos podrán cambiar de tramo varias veces al año.

Una vez concluido el año fiscal, Hacienda y la Seguridad Social procederán al cruce de información para verificar si las cuotas se han abonado correctamente, si se ha pagado de más y es necesario hacer un reembolso o si, por el contrario, se ha pagado de menos y hay que regularizar las cuotas. 

De hecho, tal y como ha informado ATA, el proceso de regulación de cuotas en relación al ejercicio de 2023 ya ha empezado y serán aproximadamente 700.000 profesionales los que tendrán que ser notificados.

Importes de las cuotas que tendrán que pagar los autónomos en 2025

En 2025, los autónomos que se encuentren en los tramos de menores ingresos experimentarán una rebaja en las cuotas respecto al año anterior, mientras que los profesionales que se localicen en los más altos experimentaran una subida de la cuota, siempre tomando como referencia la base mínima de cotización.

Según una tabla publicada por el portal infoautonomos, estas serían las cuotas que tendrían que abonar los autónomos en función de cada tramo.

  • Primer tramo: en caso de que el rendimiento neto del trabajador por cuenta propia no supere los 670 euros mensuales, la cuota será de 200 euros.
  • Segundo tramo: si el rendimiento neto oscila entre los 670 euros y los 900 euros al mes, la cuota será de 220 euros.
  • Tercer tramo: para los autónomos que ganen entre los 900 y los 1.166,70 euros mensuales, la cuota será de 260 euros.
  • Cuarto tramo: para cantidades entre 1.166,70 euros y los 1.300 euros mensuales, la cuota correspondiente será de 291 euros.
  • Quinto y sexto tramo: si el rendimiento neto equivale a una cantidad comprendida entre los 1.300 euros y los 1.700 euros mensuales, la cuota será de 294 euros.
  • Séptimo tramo: si los ingresos reales declarados están entre los 1.700 euros y los 1.850 euros al mes, la cuantía a pagar por los autónomos será de 350 euros.
  • Octavo tramo: para los trabajadores por cuenta propia que declaren rendimientos netos entre los 1.850 euros y los 2.030 euros mensuales, la cuota ascenderá a 370 euros.
  • Noveno tramo: en caso de que el rendimiento neto esté entre los 2.030 euros y los 2.330 euros al mes, la cuota será de 390 euros.
  • Décimo tramo: si los importes declarados están entre los 2.330 euros y los 2.760 euros, la cuota a abonar será de 415 euros.
  • Undécimo tramo: para quienes declaren un rendimiento neto de entre 2.760 euros y 3.190 euros mensuales, la cuota será de 440 euros.
  • Décimo segundo tramo: si los ingresos reales desglosados por mes oscilan entre los 3.190 euros y los 3.620 euros, la cuota a pagar será de 465 euros.
  • Décimo tercer tramo: en caso de que el rendimiento neto esté comprendido entre los 6.620 euros y los 4.050 euros mensuales, la cuota será de 490 euros.
  • Décimo cuarto tramo: para ingresos comprendidos entre los 4.050 euros y los 6.000 euros al mes, la cuota será de 530 euros.
  • Décimo quinto tramo: Si los ingresos mensuales suponen una cantidad superior a los 6.000 euros, se deberá abonar una cuota de 590 euros.

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