
Tras los meses de pandemia, las normativas y excepcionalidades por parte del Gobierno de España han comenzado a relajarse. A comienzos de abril, tras unas incidencias en el sistema informático del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), este organismo anunció, a los beneficiarios de las prestaciones y subsidios y a las entidades financieras con las que colabora, que anularía el adelanto del pago de las prestaciones.
Como se había hecho hasta ahora, el SEPE decidió adelantar el pago de las ayudas de la prestación por desempleo, del subsidio por desempleo y de la Renta Activa de Inserción (RAI) a la primera semana de cada mes.
La crisis sanitaria provocó que muchas familias dependientes de la prestación necesitaran tener la opción de un adelanto para hacer frente a los pagos o por necesidades de extrema necesidad, ya que muchas familias quedaron en una situación muy desprotegida.
El Gobierno de España dio la orden al SEPE para que facilitara el adelanto de los pagos de la prestación por desempleo, del subsidio por desempleo y de la RAI. Por ello, hasta este mes de abril, los beneficiarios han podido acceder a su adelanto a partir del día 5 de cada mes, de manera que las entidades financieras elegían el día exacto en el que ponían a disposición de sus usuarios la ayuda.
¿Quiénes pueden acceder al subsidio y al RAI tras la pandemia?
A partir del mes de mayo, los solicitantes del subsidio y de la RAI que quieran acceder a su pensión pueden hacerlo, como el SEPE establece en su normativa; generalmente, a partir de la segunda semana del mes. Así, los beneficiarios podrán acceder a sus prestaciones entre el día 10 y 15 de cada mes. Y según decidan las entidades financieras cuando quieran adelantar el cobro de las ayudas.
La Renta Activa de Inserción es una ayuda del SEPE para personas desempleadas que, por diferentes motivos, no pueden acceder a una prestación contributiva o a un subsidio por desempleo. Tras el periodo especial de pandemia, los requisitos para optar a la RAI traen consigo algunas novedades. Pero, ¿cuáles son?
En primer lugar, los candidatos que quieran acceder a la ayuda deben estar desempleados e inscritos como demandantes de empleo. Además, deben suscribir el compromiso de actividad y ser menores de 65 años. El SEPE también se asegurará que el solicitante no tenga ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI), por tanto, no debería sobrepasar los 750 euros al mes.
En segundo lugar, en caso de que el solicitante tenga conyuge y/o hijos menores de 26 años, menores en acogida o mayores de edad discapacitados, la condición de los ingresos se limitará a que la suma de las rentas en la unidad familiar, no supere el 75% del SMI. Se añade no haber recibido la RAI en el año anterior a la fecha de solicitud.
Los desempleados que quieran acceder a la solicitud deben estar inscritos ininterrumpidamente durante más de un año como demandantes de empleo en el SEPE, ni haber sido beneficiarios de esta ayuda anteriormente.
¿Quiénes pueden acceder más a la RAI? Existen casos especiales que también pueden acceder, como las personas desempleadas de larga duración, que tienen que cumplir las siguientes exigencias si quieren solicitar la prestación:
- Acreditar tres acciones de Búsqueda Activa de Empleo (BAE).
- Tener más de 45 años.
- Haber extinguido una prestación contributiva o subsidio por desempleo.
- No acceder a otras prestaciones contributivas, subsidio por desempleo o renta agraria.
¿Cómo mandar la solicitud del subsidio y de la RAI?
Los demandantes de empleo que quieran acceder a un subsidio por desempleo o a la Renta Activa de Inserción deben cumplimentar un formulario descargable a través de la plataforma web del Servicio Público de Empleo Estatal. Además, deben adjuntar toda la documentación necesaria que se especifica en su web.
Se puede pedir una cita previa o realizarlo todo a través del sistema web. Se entra en la página web del SEPE y pincha en el enlace ‘Identifícate’. A través de ahí, el solicitante se puede registrar o identificar con su certificado digital, su DNIe, o con un usuario y contraseña mediante Cl@ve.

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