El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) suprimirá el subsidio para mayores de 45 años a partir del 1 de noviembre de 2024. Este subsidio ahora se unificará junto con la ayuda familiar en una nueva ayuda que se llamará subsidio por agotamiento de prestación, según lo estipulado en la nueva reforma de los subsidios por desempleo regulada en el Real Decreto-ley 2/2024.
Hasta ahora, los trabajadores que agotaban la prestación contributiva por desempleo podían acceder a tres tipos de subsidios que eran la ayuda familiar, el subsidio para mayores de 52 años y el subsidio para mayores de 45 años. Cada uno tenía la misma cuantía, pero su duración variaba en función del tiempo de paro consumido, la edad del solicitante y sus responsabilidades familiares.
Este modelo dejaba fuera a los menores de 45 años sin cargas familiares, quienes no tenían derecho a ningún subsidio. Ahora, con la nueva reforma, el SEPE elimina el subsidio para mayores de 45 años y permitirá acceder a todos los desempleados sin importar la edad o las cargas familiares. Además, se mejora el acceso, las cuantías, así como la posibilidad de compatibilizarlo con un trabajo.
Además, este modelo de acceso dejaba fuera a los beneficiarios menores de 45 años sin cargas familiares, quedándose estos sin derecho a ningún subsidio.
El nuevo subsidio por agotamiento de la prestación contributiva
La nueva ayuda del SEPE pretende mejorar el acceso y la cuantía de los subsidios, siendo además compatible con un trabajo. La duración del subsidio dependerá de los días consumidos de la prestación contributiva y de la edad del solicitante. Los menores de 45 años deberán haber agotado al menos 360 días de prestación contributiva para acceder a seis meses de subsidio. Los mayores de 45 años sin cargas familiares necesitarán haber consumido al menos 120 días para recibir también seis meses de subsidio.
En el caso de las personas con responsabilidades familiares, independientemente de la edad, tendrán derecho a un subsidio de hasta 24 meses si han consumido al menos 120 días de prestación contributiva. Si han consumido al menos 180 días, el subsidio podrá extenderse hasta 30 meses.
En cuanto a la cuantía, esta ya no será del 80% del IPREM. Durante los primeros seis meses se cobrará el 95% del IPREM (570 euros actuales), durante los siguientes seis meses el 90% (540 euros) y, el resto del periodo, hasta agotar el subsidio, se percibirá el 80% del IPREM (480 euros).
Compatibilidad con un trabajo
El nuevo subsidio será compatible con un trabajo durante los primeros seis meses de regreso al mercado laboral, sin que ello suponga reducciones en el salario o en la ayuda asistencial. Esta medida entrará en vigor en 2025. La empresa contratante no podrá estar en ERE ni ERTE y el salario de los trabajadores no podrá superar los 18.900 euros anuales, equivalentes a 1.350 euros al mes.
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