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Sufre un accidente laboral y casi pierde 50.000 euros de indemnización por ChatGPT

Según esta herramienta, ya no podía reclamar una indemnización por el accidente sufrido mientras estaba trabajando porque lo habían despedido, cuando el despido no interfiere en el derecho a solicitarla.

Un trabajador de espaldas echándose la mano a la cabeza
Un trabajador de espaldas echándose la mano a la cabeza |Envato
Esperanza Murcia
Fecha de actualización:

La Inteligencia Artificial ha llegado para quedarse. Hemos visto cómo ha cambiado los procesos en distintos sectores (en algunos casos, con la correspondiente reducción de plantilla), pero también forma parte del día a día de cada vez más personas, que usan ChatGPT o cualquier similar como su asesor personal. Da igual cuál sea la duda, la IA siempre te da una respuesta.

Una respuesta que, sin embargo, no siempre es correcta. Son muchos los expertos que están advirtiendo del peligro de confiar en estas herramientas al 100%, especialmente en materias sensibles como puede ser la salud. También en lo referente al derecho laboral, aportando el abogado laboralista Víctor Arpa un ejemplo reciente que ha vivido él mismo.

“Un cliente casi pierde 50.000 euros por culpa de ChatGPT”, afirma. Este había sufrido un accidente laboral al ser atropellado por una carretilla en su lugar de trabajo. Tiempo después, la empresa lo despidió y, por ello, preguntó a ChatGPT si todavía podía reclamar una indemnización por el accidente . La respuesta fue que no, porque ya no trabajaba allí. ¿El problema? Que “es rotundamente falso”, detalla el abogado.

“No importa que actualmente continúes trabajando en la empresa”

Víctor Arpa explica que para reclamar un accidente laboral no importa que actualmente se continúe trabajando o no en la empresa. “Lo que importa es qué ocurrió el día del accidente, si existió una falta de medidas de seguridad y cuáles han sido las lesiones y secuelas sufridas”, añade.

En este caso, su cliente se encontraba trabajando cuando ocurrió el accidente. “Que después lo hayan despedido no borra el accidente, no elimina sus lesiones y tampoco hace desaparecer su derecho a reclamar”, puntualiza el abogado, declarando que, “por suerte”, el trabajador finalmente contactó con su despacho de abogados “antes de darlo todo por perdido”.

Gracias a ello, van a reclamar una indemnización a los responsables y la aseguradora, para que reciba una compensación por los daños. Con este caso, Arpa quiere advertir de que ChatGPT puede servir “para obtener una primera orientación”, pero en cuestiones tan delicadas, donde puede haber miles y miles de euros en juego, no podemos quedarnos con “una respuesta genérica”. 

“Yo no dejaría que mi médico de cabecera me opere de la rodilla, buscaría un cirujano especialista. Y en el derecho ocurre exactamente lo mismo, porque enfrente hay una gran aseguradora con abogados especializados buscando cualquier error para pagar lo mínimo posible”, manifiesta, reiterando que en caso de haber sufrido un accidente laboral y después haber sido despedido, no hay que dar por perdida la indemnización, sino que “puedes reclamar”.

La indemnización por accidente laboral, claves

Hay que saber que, en caso de sufrir un accidente de trabajo, se puede reconocer una indemnización por las secuelas en caso de habernos producido unas lesiones no incapacitantes (ya que, de serlo, se accedería a una incapacidad permanente). Esta compensación varía en función de la lesión, pudiendo consultar los baremos en la Orden ISM/450/2023, que es la última lista publicada.

Si se comprueba que la empresa o el empleado incumplió las normas de prevención de riesgos laborales, o hubo una falda de medidas de seguridad, se puede reclamar una indemnización por daños y perjuicios. En caso de negligencia por parte de la empresa, también se cobraría lo que se conoce como recargo de prestaciones

Se trata de un plus mensual que se añade a la cuantía que se viene cobrando de incapacidad temporal (la baja médica) o en la incapacidad permanente, que es de entre un 30 y un 50% respecto al valor de la misma, tal y como se recoge en el artículo 164 de la Ley General de la Seguridad Social.

Por último, algunos convenios colectivos establecen el derecho a cobrar un seguro por el reconocimiento de una incapacidad permanente.