
A finales de 2024, el Tribunal Supremo dictó una sentencia muy importante para los trabajadores. Desde ese momento, esto es, desde el 18 de noviembre, no son válidos los despidos disciplinarios en los que la empresa no ha celebrado un trámite de audiencia previa y que se hayan aplicado de forma directa sin que se haya dado al trabajador la oportunidad de defenderse.
Se trata de un requisito que el Alto Tribunal reiteró este 2025, en la sentencia 1001/2025, donde recordaron la obligatoriedad de realizar el trámite de audiencia previa en los despidos disciplinarios. Una obligación que deben seguir todas empresas y que procede del artículo 7 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que establece que “no deberá darse por terminada la relación de trabajo de un trabajador por motivos relacionados con su conducta o su rendimiento antes de que se le haya ofrecido posibilidad de defenderse de los cargos formulados contra él, a menos que no pueda pedirse razonablemente al empleador que le conceda esta posibilidad”.
Sobre esto, el abogado laboralista Miguel Benito Barrionuevo, conocido como 'Un empleado informado' en sus redes sociales, quiso lanzar un aviso, advirtiendo de que hay muchas empresas “que se están aprovechando”. ¿Por qué? Porque, en muchos casos, las empresas están dando muy poco tiempo para contestar. “Por ejemplo, te llega una carta un lunes y te dicen que el miércoles tienes que contestar para ver qué decisión toman con respecto a tu caso. Y claro, el problema aquí es doble, que hay poco tiempo y que tú a lo mejor no sabes la gravedad de esta carta”, explica al respecto.
Problemas al reclamar: “todo lo que tú hayas dicho aquí puede y será utilizado en tu contra”
Este plazo de tiempo corto, para dar la respuesta, junto al hecho de que no se haya contactado con un profesional, puede ocasionar grandes problemas a los empleados, según este abogado laboralista: “Aquí el problema es doble, que tienes poco tiempo y que generalmente por tratar de que no te despidan, no contactas con un profesional para hacer la contestación. Y mucho cuidado aquí porque todo lo que tú dices y sobre todo manifiestas por escrito o de palabra se va a llevar luego delante del juez si quieres reclamar”.
Además, señala que incluso algunos empleados suelen echarse piedras sobre su propio tejado, admitiendo cosas que en realidad no realizaron solo para tratar de evitar el despido: “Como no eres experto en la materia, puedes cometer algún error o puedes tratar de quedar bien con la empresa y medio reconocer algo que a lo mejor ni siquiera es verdad, pero lo haces así para evitarte un problema y luego eso consta en tu expediente y lo van a llevar delante de un juez y a lo mejor te hace perder tu caso”, expresa.
En su opinión, la solución es “si el bolsillo te lo permite”, asesorarte siempre con un profesional, con un abogado laboralista “que pueda revisar eso y decirte, “oye, aquí lo mejor es contestar, no contestar, contestar de una forma o hacerlo de otra distinta”. Y la razón de ello es muy clara: “si luego quieres reclamar el despido, todo lo que tú hayas dicho aquí puede y será utilizado en tu contra”.
Así, en caso de despido disciplinario, aconseja que los empleados contacten con un abogado para prepararse el trámite de audiencia previa, lo que puede permitirles reclamar el despido y que su demanda sea estimada en caso de que la extinción se haya realizado sin cumplir con los requisitos formales.
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