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La despiden de Alcampo después de 19 años por quedarse 195 euros de la cartera que un cliente olvidó: es procedente y se queda sin indemnización

La trabajadora simuló que acababa de encontrar la cartera vacía pero las cámaras de seguridad lo grabaron todo.

Logotipo de una tienda de Alcampo
Logotipo de una tienda de Alcampo |Europa Press
Esperanza Murcia
Fecha de actualización:

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha confirmado como procedente el despido disciplinario de una cajera de Alcampo que se apropió de 195 euros de la cartera que un cliente olvidó en su puesto de trabajo. Las cámaras de seguridad grabaron cómo sustrajo el dinero antes de simular ante sus superiores que había encontrado la cartera vacía.

La empleada llevaba trabajando para la cadena de supermercados desde abril de 2005 y el incidente ocurrió el 3 de julio de 2024. A las 14:59 horas de ese día, mientras trabajaba en la caja registradora, un cliente olvidó su cartera junto al datáfono tras realizar el pago de su compra. La cartera contenía 195 euros en billetes. Un minuto después de que se fuera, la trabajadora vio la cartera, la cogió y la guardó en el cajón de la caja registradora.

Unos minutos después, tras realizar el recuento de la caja, abrió de nuevo el cajón, sacó la cartera y se agachó durante unos 20 segundos. Cuando se incorporó, miró a su alrededor para comprobar que nadie la observaba y dejó de nuevo la cartera junto al datáfono. Acto seguido, llamó a la adjunta de tienda simulando que acababa de encontrarla. Al entregársela, la responsable comprobó que únicamente contenía documentación y que faltaban los 195 euros.

Tras avisar al cliente, le entregaron la cartera sobre las 15:29 horas y este señaló que faltaban los 195 euros, acudiendo a la Policía para denunciarlo, que requirió a la empresa las grabaciones de seguridad. Su visionado reveló la secuencia completa de la apropiación y la simulación por parte de la trabajadora. El 8 de julio, cuando esta se incorporó a su puesto sobre las 15:00 horas, se agachó junto a la caja y comunicó a una compañera que había encontrado los 195 euros. Después llamó a la adjunta de tienda y le entregó el dinero, asegurando que lo había encontrado debajo de la caja, en la zona donde se depositaban las bolsas para los clientes.

Una vez que la empresa vio las grabaciones, la trabajadora reconoció la autoría de los hechos, lamentando lo sucedido.

La despiden y el TSJ de Aragón confirma que es procedente

Alcampo abrió un expediente disciplinario a la trabajadora, realizando el trámite obligatorio de audiencia previa, y finalmente le notificó su despido el 31 de julio. No conforme, la empleada decidió impugnarlo, pero el Juzgado de lo Social nº 7 de Zaragoza desestimó su demanda.

Frente a esta sentencia, presentó un recurso de suplicación ante el TSJ de Aragón, aunque esta vez la justicia tampoco le dio la razón, ya que el mismo contenía defectos de técnica procesal. Por un lado, la trabajadora quiso cambiar el relato de los hechos probados (sobre la apropiación del dinero y la simulación del hallazgo), pero no propuso una redacción alternativa del hecho probado segundo, uno de los requisitos exigidos.

Por otro, alegó que se había infringido el derecho sustantivo, pero no identificó de manera clara y precisa a qué norma jurídica o doctrina jurisprudencial se refería. Por ello, desestimó su recurso y confirmó la sentencia de instancia, ratificando la procedencia del despido. Este, al ser por motivos disciplinarios, no conlleva el derecho a poder recibir una indemnización.