El SEPE advierte que se puede perder el subsidio para mayores de 52 años si se cobra la ayuda de 200 euros

El Servicio Público de Empleo Estatal informa que cobrar la ayuda de 200 euros puede suponer un incremento de las rentas, por lo que se puede perder el subsidio para mayores de 52 años.

oficina SEPE Madrid
El SEPE recuerda que cobrar la aydua de 200 euros puede suspender el subsidio para mayores de 52 años.
Francisco Miralles

La ayuda de 200 euros para comprar comida ya se puede solicitar desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y, según el Gobierno de España, beneficiará a 4,2 millones de familias. Dentro de esta población se encuentran los desempleados, y en concreto, los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años. Ahora, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) advierte que cobrar esta ayuda puede suponer la suspensión de la prestación si no se tienen en cuenta un par de conceptos clave.

El cheque de 200 euros está destinado a los hogares más vulnerables con bajos ingresos y su propósito es compensar el aumento del precio de los alimentos debido a la inflación. Para poder solicitar la ayuda, la cual se encuentra regulada en el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, es necesario cumplir con los requisitos establecidos, como tener rentas inferiores a los 27.000 euros y un patrimonio inferior a 75.000 euros, descontando la vivienda principal en caso de ser propiedad de los beneficiarios.

En este sentido, los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años pueden acceder a él, pero deben tener cuidado con su nivel de rentas, ya que superarlo por el cobro de esta ayuda puede suponer la suspensión del subsidio.

Cómo afecta cobrar la ayuda de 200 euros con el subsidio para mayores de 52 años

Desde el Servicio Estatal Público de Empleo han intentado aclarar todas las dudas que puede generar entre los beneficiarios de este subsidio el cobro de la ayuda de 200 euros. El SEPE recoge en su web, que para acceder y mantener la ayuda para personas desempleadas mayores de 52 años es necesario no tener rentas superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. En 2023, esta cuantía se sitúa en 810 euros mensuales.

billetes de 200 euros
El SEPE revisará el nivel de rentas a los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años

En este caso, cobrar la ayuda de 200 euros supone un incremento en la renta mensual de 16,66 euros, lo que en un principio no debería ser un problema. Aun así, existe la posibilidad de que algunos beneficiarios, tras recibir la ayuda de 200 euros, puedan rebasar ese límite, que recordemos se encuentra en los 810 euros al mes. En este caso, el beneficiario podría perder durante ese año el subsidio para mayores de 52 años, ya que el SEPE será el encargado de suspender la prestación.

Para vigilar que se cumple con el nivel de ingresos, el organismo exige a los beneficiarios que una vez cumplido un año del cobro del subsidio, aporten una declaración anual de rentas. Este documento deben presentarlo dentro de los 15 días hábiles una vez cumplido esos doce meses.

¿Qué rentas tiene en cuenta el SEPE?

Según explica el SEPE en su página web a efectos de percibir un subsidio por desempleo como es el subsidio para mayores de 52 años, se consideraran rentas o ingresos computables derivados del trabajo, del capital mobiliario o inmobiliario, de las actividades económicas y los de naturaleza prestacional, salvo las asignaciones de la Seguridad Social por hijos a cargo.

Estos son algunos de los rendimientos que el SEPE entiende por ingresos:

  • Importe de la indemnización por extinción del contrato, siempre que supere la indemnización legal.
  • Ingresos brutos de todo tipo de prestaciones, a excepción de la prestación por hijo a cargo y el cobro anticipado de la deducción fiscal de la mujer trabajadora con hijos menores de 3 años.
  • Rendimientos brutos de las cuentas bancarias e inversiones financieras.
  • Rendimientos de capital inmobiliario.
  • Rendimientos de actividades por cuenta propia.
  • Plusvalías y otras rentas.

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