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Logra a los 58 años una pensión vitalicia de 2.252 euros después de trabajar en un taller de metalurgia sufriendo dolor lumbar, ataques de pánico y ansiedad, el TSJ lo avala

El Tribunal Supremo de Justicia de Cantabria ha confirmado que el trabajador tiene derecho a la pensión de por vida después de que la Seguridad Social rechazara su solicitud.

Imagen ilustrativa de un hombre con preocupación.
Logra a los 58 años una pensión vitalicia de 2.252 euros después de trabajar en un taller de metalurgia sufriendo dolor lumbar, ataques de pánico y ansiedad, el TSJ lo avala |Freepick.
Fátima Pazó
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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cantabria ha reconocido el derecho de un trabajador de 58 años a percibir una pensión vitalicia de 2.252,50 euros mensuales tras acreditar que su estado de salud le impide continuar desempeñando su profesión habitual. 

El fallo judicial llega después de que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) denegara la solicitud en vía administrativa, obligando al operario, quien arrastra graves dolencias físicas y cuadros de ansiedad, a recurrir a la justicia para proteger su sustento económico.

Según detalla la sentencia, el afectado desempeñaba el cargo de jefe de taller en una empresa de metalurgia, una actividad de alta exigencia que se volvió inasumible debido a una patología isquiática limitante y un trastorno de ansiedad generalizada con ataques de pánico.

El tribunal ratifica así la sentencia previa del Juzgado de lo Social n.º 6 de Santander, desestimando el recurso de la Seguridad Social y consolidando una prestación que garantiza la estabilidad del trabajador ante la cronicidad de sus dolencias.

El TSJ desestima el recurso del INSS ante la falta de mejoría tras cuatro años

El proceso judicial arrancó en 2024, cuando el trabajador alegó problemas físicos severos y antecedentes de estrés y duelo que no remitían. Los magistrados del TSJ de Cantabria fundamentaron su decisión en la persistencia de las limitaciones y la falta de respuesta a los tratamientos. 

Exigir la reincorporación a un puesto de responsabilidad en el sector del metal a una persona con este cuadro clínico supondría ignorar la realidad médica acreditada.

El tribunal subraya que el demandante se sometió a cuatro años de tratamiento farmacológico y psicoterapia sin éxito. Para la sala, este periodo supera con creces el plazo habitual para considerar un trastorno como crónico, lo que invalida el argumento de la Seguridad Social de que las patologías no tenían la gravedad suficiente para ser constitutivas de una incapacidad permanente.

Una pensión de 2.252 euros por incapacidad permanente total

La clave de la resolución reside en la calificación de la incapacidad. El tribunal no le reconoce una incapacidad absoluta, que impediría cualquier tipo de trabajo, sino una incapacidad permanente total para su profesión habitual. 

Esto significa que, aunque el operario no puede volver a ejercer como jefe de taller de metalurgia, la sentencia no le cierra la puerta a desempeñar otros empleos menos exigentes y compatibles con sus dolencias.

En términos económicos, la justicia establece que la prestación debe ser equivalente al 55% de su base reguladora, a lo que se suma un incremento del 20% debido a su edad (58 años), factor que dificulta la reinserción en un sector distinto al habitual. Esta combinación da como resultado la cuantía de 2.252,50 euros mensuales de carácter vitalicio.

La prestación será revisada para comprobar la evolución médica

A pesar de la firmeza del fallo en cuanto al derecho a la pensión, la situación no queda sellada de forma inamovible. Al tratarse de una incapacidad basada en parte en patologías psiquiátricas y dolencias lumbares, la sentencia contempla que el estado del trabajador sea revisado periódicamente por el INSS.

El objetivo de estas revisiones de oficio es monitorizar si se producen cambios significativos o una mejoría inesperada que permita ajustar o modificar la prestación en el futuro. No obstante, mientras persistan las limitaciones actuales que "cercenaron" su capacidad laboral en la metalurgia, el trabajador mantendrá el derecho a esta compensación económica para evitar caer en una situación de precariedad tras décadas de cotización y desgaste físico.