Los funcionarios de Justicia luchan por su jubilación: exigen cotizar en la Seguridad Social

Alrededor de 45.000 funcionarios de Justicia han terminado acudiendo a la vía judicial para luchar por uno de sus derechos: cotizar en la Seguridad Social y, así, mejorar la cuantía de la pensión de jubilación.

Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Madrid
La Justicia dice 'No' a que estos funcionarios coticen en el Régimen General de la Seguridad Social por este motivo. EFE
Isabel Gómez

Los funcionarios de Justicia que cotizan dentro del Régimen de Clases Pasivas del Estado siguen en pie de guerra por lo que consideran un derecho fundamental que los beneficiaría al abandonar el mercado laboral: cotizar dentro del Régimen General de la Seguridad Social, lo que podría traducirse en una mejora de la cuantía de la pensión de jubilación. En el peor de los casos, piensan llegar hasta el Tribunal Superior de Justicia de la UE (TJUE). 

Hay que tener en cuenta que todavía hay personal funcionariado del Estado que cotiza en ese régimen de Clases Pasivas, aunque a partir de enero de 2011, todas las nuevas incorporaciones del sector público pasaron a hacerla en la Seguridad Social. 

Y es que, como indican estos trabajadores, este cambio supone una gran ventaja económica para ellos y la cuantía de la pensión de jubilación subiría desde los 300 a 1.000 euros mensuales, como indican desde elEconomista. ¿Por qué tienen tan poco recorrido sus peticiones en los tribunales españoles?

La lucha de los funcionarios de Justicia por sus mejoras en la jubilación

Uno de los orígenes de esta lucha por mejorar la cuantía de la jubilación vienen de una sentencia dictada el pasado 25 de enero de 2024 en la que un magistrado indica que las normas al respecto, como la Ley del Régimen de Clases Pasivas y la Ley del Mutualismo Judicial, no dan la opción de elegir en qué sistema contributivo se quiere cotizar para dicha pensión. 

Como dice el magistrado, “su aplicación no depende de la voluntad de las partes, ni de los tribunales de Justicia. Ningún órgano de la administración tiene potestad para reconocer el derecho que reivindicaba el funcionario, al conseguir su puesto estatal antes del 1 de enero de 2011”.

El reconocimiento del derecho de opción solo es posible si el caso llega al Tribunal Constitucional y este dictamina finalmente que la adscripción a las Clases Pasivas, si no puede moverse al General, es inconstitucional. Específicamente, si vulnerara el derecho a artículo 14 de la CE.

Los funcionarios de Justicia afectados intentarán llevar su caso a la Justicia europea. Por el momento, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha emitido más de 14 sentencias entre enero y febrero de 2014 desestimando los recursos de estos funcionarios y rechaza reconocerles un complemento para que su pensión sea la misma que si hubieran cotizado en el régimen general.

Lo más leído

Archivado en: