
El PSOE va a llevar la próxima semana al Pleno del Congreso su propuesta para que los profesionales colegiados tengan una pasarela con la que transferir los derechos económicos acumulados en una mutualidad al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), con el objetivo de que estén suscritos a este nuevo régimen a partir de 2027, tal y como anunciaron el año pasado.
Esta proposición de ley, como ha podido saber Europa Press, se debatirá y votará el próximo martes en la Cámara Baja, buscando el PSOE con ella poner punto y final a un conflicto existente desde hace años y que afecta a las pensiones de profesiones colegiadas como la abogacía o la arquitectura, las cuales se han visto abocadas a “situaciones de desprotección” con pensiones muy bajas.
Los diferentes cambios legales, especialmente cuando en 2005 las mutualidades pasaron a ser un sistema de capitalización individual, hicieron que estas se convirtieran en una especie de planes de pensiones privados, dejando a muchos profesionales con pensiones de 400 o 500 euros, a pesar de llevar décadas trabajando.
Quiénes podrán acceder a esta ‘pasarela’
A esta pasarela, de la mutualidad al RETA, podrán acceder los colegiados que cumplan los siguientes requisitos: estar en activo en la respectiva mutualidad a fecha de 31 de diciembre de 2022, carecer del periodo mínimo cotizado para acceder a la pensión de jubilación en el sistema de la Seguridad Social, y no tener la condición de pensionista ni en el régimen público ni en la respectiva mutualidad alternativa.
La reforma del PSOE para establecer la ‘pasarela’
El PSOE quiere regular los términos y condiciones de la transferencia de derechos y la conversión de dichos derechos en periodos cotizados en el RETA. Para este cálculo, se tendrá en cuenta la base mínima de cotización que habría correspondido al trabajador si hubiera estado suscrito al RETA, actualizada al IPC y aplicando a dicha base un coeficiente que se modulará en función de los años en alta en la mutualidad alternativa, tomando como referencia el 0,77 a fin de tener en cuenta las contingencias excluidas y sin que en ningún caso pueda ser inferior al 0,67 ni superior al 0,87.
En esta proposición también se recoge que las prestaciones que se otorguen por las mutualidades traspasadas al RETA, cuando adopten la forma de renta, no puedan ser inferiores al 80% de la cuantía mínima inicial que exista para la respectiva clase de pensión en el sistema de la Seguridad Social o, si resultara superior, al importe establecido para las pensiones no contributivas de la Seguridad Social. En el caso de que las prestaciones adopten la forma de capital, estas no podrían ser inferiores al importe capitalizado de la cuantía mínima establecida para el caso de la renta.
Por último, se ha introducido un cambio gradual en el volumen de aportaciones que hacen estos profesionales colegiados a las mutualidades, equiparándolas con las del RETA. De ese modo, frente al 80% actual, pasarían al 86% en 2025, al 93% en 2026 y ya en 2027, cuando se eliminarían las mutualidades, al 100%.
Desde la Asociación Nacional de Afectados por la Mutualidad de la Abogacía (ANAMA), han manifestado en varias ocasiones que esta reforma es “insuficiente”, considerando que deja a muchas personas fuera. En este sentido, indican que la fijación de límites temporales para poder acogerse a la pasarela supone una discriminación subjetiva dentro del propio colectivo. También criticaron que esta proposición de ley “no da respuesta” a las personas que ya están jubiladas en las mutualidades alternativas.
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