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El BOE cambia las normas alimentarias: aceitunas, gildas y encurtidos deberán llevar etiquetas más estrictas

El Gobierno aprueba una reforma alimentaria que limita el uso de términos como “natural” y obliga a poner etiquetas más claras en algunos productos.

estanterías con encurtidos y aceitunas de un supermercado
El BOE cambia las normas alimentarias: aceitunas, gildas y encurtidos deberán llevar etiquetas más estrictas |Mercadona
Antonio Montoya
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España cambia las normas que regulan algunos de los alimentos más consumidos en supermercados y bares. El Gobierno ha aprobado el Real Decreto 142/2026, de 25 de febrero, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), con el que se modifican numerosas disposiciones alimentarias para actualizar la calidad, el etiquetado y los procesos de elaboración de productos tan cotidianos como las aceitunas, los pepinillos, las famosas gildas y otros encurtidos, el jamón, la horchata, las galletas, el pan o el vinagre.

La norma, que entró en vigor el pasado 1 de marzo de 2026, busca adaptar la legislación española a la realidad actual del mercado y a las nuevas exigencias de los consumidores, especialmente en materia de transparencia, trazabilidad y composición de los alimentos. También responde a las nuevas normativas europeas referentes al etiquetado ecológico de productos alimentarios.

Según explica el propio BOE, el objetivo es “hacer los alimentos más comprensibles, honestos y coherentes con las expectativas del consumidor”, reforzando la información que aparece en las etiquetas y actualizando normas que, en algunos casos, llevaban más de 40 años sin cambios.

Las aceitunas rellenas deberán indicar claramente si el relleno es una pasta

Uno de los cambios más importantes afecta directamente a las aceitunas de mesa, especialmente a las rellenas, uno de los productos más consumidos en España. Hasta ahora, muchas etiquetas utilizaban denominaciones comerciales ambiguas que podían inducir a error sobre el contenido real del relleno.

Con la nueva normativa, las aceitunas rellenas tendrán que indicar expresamente el tipo de relleno utilizado. Además, cuando el relleno esté elaborado “en forma de pasta”, esta circunstancia deberá aparecer claramente detallada en el listado de ingredientes.

El BOE también obliga a especificar los ingredientes concretos de esa pasta, aunque comercialmente solo pueda mencionarse el ingrediente principal o caracterizante del relleno.

De esta manera, productos etiquetados como “aceitunas rellenas de anchoa” tendrán que aclarar si realmente contienen anchoa natural o una pasta elaborada a partir de distintos ingredientes.

La reforma también afecta a otros encurtidos y productos procesados similares, ya que el Gobierno pretende reforzar la claridad de la información alimentaria y evitar confusiones en el consumidor.

El término “natural” ya no se podrá usar en cualquier producto cárnico

Otro de los cambios más relevantes de esta reforma alimentaria afecta al uso del término “natural” en derivados cárnicos como jamones, embutidos o productos curados.

A partir de ahora, los fabricantes solo podrán utilizar esta denominación cuando el producto cumpla unas condiciones muy concretas. Entre ellas, no utilizar aditivos alimentarios, salvo determinadas excepciones técnicas, ni ingredientes modificados genéticamente (OMG), irradiados o elaborados mediante nanomateriales artificiales.

Además, tampoco podrán incorporar almidones o féculas y, en el caso de los embutidos, solo se permitirá el uso de tripa natural.

El Gobierno explica en el BOE que el término “natural” se había convertido en un reclamo comercial muy utilizado por la industria alimentaria sin una regulación clara, por lo que ahora se establecen requisitos concretos para evitar mensajes confusos o engañosos para el consumidor.

aceitunas en un tarro
Aceitunas en un bote conservadas en vinagre | Envato

Cambios también en el jamón loncheado y deshuesado

La nueva normativa también modifica los requisitos de trazabilidad del jamón curado.

Hasta ahora, todas las piezas debían conservar el marcado individual con la semana y el año de entrada en salazón. Sin embargo, el problema aparecía en productos deshuesados, loncheados o fraccionados, donde ese marcado desaparecía durante el proceso de transformación.

Con la nueva regulación, el BOE permite que esa información pueda seguirse mediante el lote de trazabilidad incluido en el etiquetado del producto final.

Además, el real decreto reconoce oficialmente el “jamón de pavo” como una denominación legal tradicional, al considerar que es un producto plenamente consolidado en el mercado español desde hace más de 25 años.

En cambio, desaparece la denominación “mortadela bolonia”, para evitar confusiones con la Indicación Geográfica Protegida italiana “Mortadella Bologna”.

La horchata podrá venderse sin azúcar añadido

La reforma también introduce novedades importantes para la horchata de chufa.

La normativa permitirá elaborar y comercializar horchatas sin azúcares añadidos o con contenido reducido en azúcar, respondiendo así a las nuevas tendencias de consumo y a las recomendaciones sanitarias para reducir el consumo de azúcar.

Eso sí, el BOE prohíbe expresamente utilizar edulcorantes y colorantes en estos productos, con el objetivo de mantener la calidad tradicional de la horchata y diferenciarla de otras bebidas refrescantes elaboradas a base de chufa.

El vinagre cambia sus reglas de elaboración y etiquetado

El real decreto también introduce cambios en la regulación del vinagre, especialmente en los productos amparados por Denominación de Origen Protegida (DOP)Indicación Geográfica Protegida (IGP).

La nueva norma permitirá utilizar ingredientes hasta ahora no contemplados de forma expresa, como mosto de uva concentrado, mosto rectificado o mosto de uva fresca “apagado” con alcohol en determinados vinagres tradicionales.

Asimismo, se amplía el margen de tolerancia permitido en la indicación del grado de acidez para estos vinagres protegidos, pasando de 0,2 grados a 0,5 grados.

El Gobierno justifica este cambio porque el alcohol residual puede evolucionar durante la vida útil del producto y alterar ligeramente el contenido de ácido acético sin afectar realmente a la calidad del alimento.

El pan sin gluten podrá llamarse oficialmente “pan”

Otra de las novedades afecta al pan sin gluten. El BOE reconoce oficialmente que estos productos puedan utilizar legalmente la denominación “pan”, algo especialmente relevante para las personas celíacas o con intolerancia al gluten.

La nueva regulación permite incluir dentro de la categoría de “pan común” o “pan especial” aquellos productos elaborados con ingredientes naturalmente exentos de gluten o tratados específicamente para reducirlo.

Además, se autorizan ingredientes alternativos, como almidones y fibras vegetales, para sustituir a la harina tradicional y mantener las características propias del pan.

Las galletas y la sidra también cambian

Las galletas también se verán afectadas por esta reforma. El Gobierno elimina el límite máximo de cenizas establecido hace más de 40 años para adaptarse a nuevos productos elaborados con harinas integrales, cereales, fibras naturales y frutos secos.

En el caso de la sidra, se recuperan determinadas prácticas técnicas permitidas durante su elaboración, como la clarificación o la despectinización. Además, se eleva el límite máximo permitido de metanol en las sidras de hielo, pasando de 200 mg/l a 400 mg/l.

Cuándo entran en vigor todos estos cambios

El Real Decreto 142/2026 entró oficialmente en vigor el 1 de marzo de 2026.

Eso sí, el BOE establece un periodo transitorio para permitir que los productos fabricados y etiquetados conforme a la normativa anterior puedan seguir vendiéndose hasta agotar existencias, con un máximo de doce meses desde la entrada en vigor de la norma, es decir, que su obligación más bien llegará en marzo de 2027.

Todo ello forma parte de una estrategia del Gobierno para modernizar la normativa alimentaria española, adaptarla a la legislación europea y responder a un consumidor cada vez más exigente con la calidad, la composición y la transparencia de los alimentos que compra.

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