Ir de cañas con nuestro perro se ha convertido en un plan habitual para millones de personas en España, especialmente con la llegada del verano y las buenas temperaturas. Sin embargo, muchos dueños todavía se llevan sorpresas al intentar entrar a un local y encontrarse con la negativa del camarero.
La Ley de Bienestar Animal regula de forma muy clara esta situación. Los bares y restaurantes tienen derecho a prohibir la entrada de mascotas, pero si lo hacen, están obligados por ley a colocar un cartel o distintivo visible desde el exterior. Si un hostelero no permite pasar a los perros y le falta este cartel en la puerta, se enfrenta a multas económicas que pueden llegar hasta los 10.000 euros.
La ley dice que la entrada es libre por defecto
Esta norma aparece recogida en el Boletín Oficial del Estado (BOE), concretamente en el Artículo 29.2 de la Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales. El texto legal explica que los bares, restaurantes, hoteles y locales públicos pueden permitir el acceso de animales de compañía si no suponen un riesgo para las personas.
Pero la clave del asunto viene en el siguiente párrafo del artículo: “En caso de no admitir la entrada y estancia del animal deberán mostrar un distintivo que lo indique, visible desde el exterior del establecimiento”. Es decir, la ley establece que, por defecto, todos los bares son pet-friendly (amigos de los animales). El dueño del negocio tiene la última palabra y puede prohibir la entrada si quiere, pero la ley le obliga a avisar al cliente antes de que este cruce la puerta.
Las multas por olvidar el distintivo
¿Qué pasa si un bar prohíbe los perros pero no tiene puesto el cartel en la fachada? Las autoridades consideran que este descuido es una infracción leve, ya que se trata del incumplimiento de una obligación administrativa que no causa un daño físico directo al animal. Aun así, el bolsillo del hostelero puede sufrir un buen golpe: el régimen de sanciones de la ley establece para estas faltas multas que van desde los 500 euros hasta un máximo de 10.000 euros.
¿Por dónde pueden andar los animales?: La ley aclara que los perros solo pueden estar en las zonas públicas del bar, como las terrazas o el salón comedor. Queda totalmente prohibido que los animales entren en las zonas destinadas a la cocina, el almacenamiento o la manipulación de los alimentos por motivos de higiene y salud pública.
Un país con 9 millones de perros
Esta normativa cambia las reglas del juego en un país donde la pasión por los caninos no para de crecer. Según la Red Española de Identificación de Animales de Compañía (REIAC), en España hay más de 9,3 millones de perros registrados con microchip. Esto significa que el 26% de los hogares españoles, es decir, una de cada cuatro familias, convive con un perro.
Llevarlos a los bares en verano es ya una práctica masiva. Los estudios de las plataformas de turismo reflejan que el 72% de los dueños busca de forma activa terrazas y locales que admitan mascotas para disfrutar del ocio veraniego y evitar dejar al animal solo en casa sufriendo las altas temperaturas.
Lo que opinan los hosteleros y los clientes
La Confederación de Hostelería de España señala que adaptarse a los clientes con perro está siendo una gran oportunidad de negocio, ya que ayuda a llenar las terrazas y sube la factura media de las mesas. Sin embargo, los hosteleros apuntan que el mayor reto no son los animales, sino la educación de los dueños.
Los camareros lamentan que algunos clientes no controlen los ladridos o dejen al perro suelto invadiendo las zonas de paso, lo que puede provocar tropezones peligrosos con las bandejas llenas de comida o bebida.