Ya entró en vigor: la Ley de Bienestar Animal prohíbe a los dueños particulares que críen mascotas en su propia casa si no cumplen con este requisito

La normativa dice que la reproducción de animales queda exclusivamente en manos de las personas que están registradas de forma oficial. En caso de no cumplirlo, las multas por tener una camada casera pueden alcanzar los 200.000 euros.

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Tener un animal de compañía en casa es algo muy habitual en España. Sin embargo, la Ley de Bienestar Animal detalla que, aunque antes se podía criar animales en el hogar sin ningún tipo de registro; ahora no es así. 

Tal y como señala la legislación, los dueños particulares están obligados a cumplir ciertos requisitos para poder criar animales bajo su techo. Ahora ya no vale el “voy a cruzar a mi mascota para tener más cachorros”. 

El artículo 26 aclara que los propietarios tienen el deber de evitar la reproducción incontrolada de sus animales de compañía. A partir de ahora, la cría solo la pueden llevar a cabo las personas inscritas en el Registro de Criadores de Animales de Compañía.

Pero, ¿qué quiere decir esto? Si un ciudadano particular no está en este registro oficial, la ley le prohíbe expresamente la cría o el intento de reproducción de su mascota, independientemente de que el objetivo sea vender las crías, quedárselas o regalarlas a familiares y amigos.

Hasta 200.000 euros de multa

Saltarse esta prohibición conlleva graves consecuencias económicas. Y es que la ley castiga el comercio y la reproducción no autorizada de mascotas con multas que van desde los 10.0001 euros (en caso de no contar con los permisos obligatorios), hasta los 200.000 euros si se registra la cría masiva de animales o venta ilegal.

Entonces, ¿por qué se prohíbe esto? El Ministerio de Derechos Sociales justifica esta medida tan estricta para erradicar tres problemas de salud pública y bienestar social.

Los informes oficiales demuestran que una parte muy importante de los perros y gatos que saturan los refugios en España procede de camadas caseras accidentales o no planificadas, donde el dueño no puede hacerse cargo de los cachorros y termina deshaciéndose de ellos.

Al obligar a que solo críen los profesionales registrados, la ley asegura que cada cachorro nazca identificado con su microchip obligatorio antes de cambiar de manos, impidiendo que el animal quede fuera del radar que vigila la administración.

A todo ello se suma un problema más: la venta de animales por internet entre particulares. Antes, esta práctica generaba los ‘criadores pirata’, quienes operaban sin control alguno de veterinarios o licencias y descuidaba al máximo la higiene y salud de los animales. 

España, un país con más de 15 millones de mascotas

Esta regulación llega en pleno boom de los animales de compañía en los hogares españoles. Según los datos del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, el 40 % de los hogares cuenta con al menos un animal de compañía. En total, España supera la barrera de los 15 millones de mascotas registradas, tras crecer un 14 % en los últimos cinco años.

Así se reparte actualmente el censo de mascotas en el país:

Tipo de Animal de CompañíaCantidad RegistradaPorcentaje sobre el total
Perros7.562.89350 %
Gatos5.619.96737 %
Otros (conejos, aves, reptiles...)1.988.70813 %
Total de mascotas15.171.569100 %

Los perros siguen liderando el censo, pero los gatos han protagonizado el mayor repunte en los últimos años debido a que se adaptan mejor a los pisos pequeños y a los horarios de trabajo.

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