Las vacaciones son ese momento de paz y desconexión total. Por eso, nadie se imagina que vayan a ser fruto de reclamación. Pero, en el caso de una turista, sí que lo ha sido. El suceso ha ocurrido en Italia, en los Dolomitas, donde se hospedadaba, nada más y nada menos, que en un hotel de 5 estrellas, calificado como uno de los mejores de la zona.
La estancia tuvo una duración total de una semana, durante las Navidades de 2019 a 2020, y por la misma pagó más de 5.700 euros por una media pensión, con las bebidas no incluidas. Por ello, pidió al hotel que le sirvieran agua del grifo durante las comidas, pero los gerentes se negaron. En su lugar, el informaron de que solo podían servirle agua mineral embotellada, de 0,75 litros, por un coste de 7 euros por botella.
La mujer, no conforme, insistió en que, si hacía falta, pagaba el agua del grifo, pero su esfuerzo fue en vano: solo servían agua embotellada. Frustrada por la negativa, tal y como recoge el medio ‘Corriere della Sera’, presentó una demanda por la vía judicial, pero fue desestima en primera instancia. Aun así, no se rindió y apeló la sentencia, pero nuevamente el Tribunal de Apelación le dio la razón al hotel. En este punto, agotó su última opción y recurrió ante el Tribunal Supremo italiano.
Reclama 2.700 euros de indemnización por estrés emocional
La mujer reclamó que, durante su estancia, “se le había negado incesantemente la posibilidad de consumir agua potable del grifo, viéndose obligada, por el contrario, a comprar agua embotellada”.
Según expuso a la justicia, “el agua es un bien natural y un derecho humano universal de cada individuo, y debe garantizarse el suministro gratuito de una cantidad mínima vital necesaria para satisfacer las necesidades esenciales”. En la misma línea, añadió que el agua del grifo era uno de los “servicios característicos de la actividad de restauración” u hotelera, defendiendo que cabe esperar poder consumirla al igual que “se da por sentado encontrar una cama con sábanas, una habitación con calefacción y jabón en el baño”.
Por ello, reclamó una indemnización por “daños económicos o estrés emocional” de 2.700 euros.
El Supremo da la razón al hotel: no hay obligación
El Tribunal Supremo volvió a dar la razón al hotel, resolviendo que beber agua del grifo, “al no existir normas que obliguen al hotel” a servirla, es “una decisión que cada cliente puede adoptar libremente comunicando al personal encargado de dicho servicio su rechazo a que se sirva en la mesa agua embotellada y abasteciéndose por su cuenta”.
Respecto a los argumentos de la mujer, el Alto Tribunal estableció que la estancia prevista en el paquete respetaba la “finalidad turística” general, reiterando que servir agua del grifo es una decisión libre de cada establecimiento: “no hay obligación alguna”. En consecuencia, le denegaron la indemnización.