Le piden devolver 20.621 euros del subsidio para mayores de 52 años por un fallo del propio SEPE: no tendrá que devolver nada porque sería una “carga desproporcionada”

El SEPE le reconoció el subsidio y, varios años después, le pidió que lo devolviera porque habían cometido un error al revisar los años cotizados.

Un hombre se dirige a una oficina del SEPE |Europa Press
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Un jubilado se ha librado de devolver más de 20.000 euros que le reclamaba el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) del subsidio para mayores de 52 años, después de que se lo concedieran por error. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha aplicado la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), concluyendo que el hombre actuó de buena fe y que el fallo fue exclusivamente culpa de la Administración.

Todo empezó cuando, en mayo de 2019, el SEPE le reconoció el subsidio, cobrándolo desde el 17 de mayo de 2019 hasta el 19 de marzo de 2023, momento en el que pasó a percibir una pensión de jubilación. En total, cobró 20.621,48 euros por esta ayuda.

Posteriormente, el SEPE pidió la revocación del subsidio y la devolución de todo el dinero, argumentando que el jubilado en realidad no reunía el período mínimo de cotización por desempleo de seis años que exige la ley para poder recibir esta ayuda, ya que a lo largo de su vida laboral solo había cotizado 1.930 días. 

El hombre se opuso a la devolución y reclamó. Sin embargo, en un principio, el Juzgado de lo Social Nº 16 de Valencia dio la razón al SEPE, condenándole a devolver los 20.621,48 euros.

El jubilado reclama para no devolver el subsidio

Frente a esta sentencia, el hombre presentó un recurso de suplicación ante el TSJ de Valencia, amparándose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo (sentencia 1186/2024) y en la doctrina del TEDH, específicamente en el caso Čakarević contra Croacia de 2018.

Se aplica la doctrina Cakarevic

A diferencia del juzgado de instancia, el TSJ de la Comunidad Valenciana sí falló a favor del ya jubilado, aplicando la doctrina Cakarevic. La clave fue que el hombre no contribuyó de ninguna manera al error, ya que no realizó alegaciones falsas ni inexactas que llevaran al SEPE a equivocarse. Simplemente solicitó el subsidio al cumplir la edad e informó de cuáles eran sus rentas.

El tribunal también recordó que este subsidio está destinado a cubrir las necesidades básicas de subsistencia de una persona de avanzada edad, sin trabajo y con ingresos escasos. En este sentido, el afectado recibió una cantidad “muy modesta”, de entre 4.618,22 y 5.163,24 euros al año, por lo que se entiende que ese dinero lo gastó íntegramente en afrontar sus gastos diarios.

Teniendo esto en cuenta y que el reconocimiento de la ayuda aunque indebido fue solo por error del SEPE, el tribunal explicó que si obligaran al hombre a devolver el dinero, la administración no pagaría ninguna consecuencia de su propio error, haciendo recaer una carga “desproporcionada y excesiva” exclusivamente al afectado. Sobre esto, agregó que los errores atribuibles únicamente a las autoridades estatales no deben remediarse a expensas de la persona afectada.

Por ello, el TSJ de la Comunidad Valenciana estimó el recurso del ya jubilado y dictaminó que no debía devolver los 20.621,48 euros.

Esta sentencia (que se puede consultar aquí) se podía recurrir en casación.

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