El Tribunal Supremo confirma que las cotizaciones de una incapacidad permanente sirven para el subsidio de mayores de 52 años, ya que basta con cumplir los requisitos generales de la jubilación
El Alto Tribunal recuerda que el requisito de carencia para este subsidio no exige cotizaciones nuevas tras la incapacidad, sino que permite computar toda la vida laboral (incluida la anterior a la pensión) para acreditar el acceso futuro a la jubilación.


