La Audiencia Provincial de Baleares ha obligado a los propietarios de una vivienda en una comunidad de vecinos a que dejen de usar como terraza privada la azotea del edificio y la devuelvan a su estado original, pese a que no quedó acreditado que fueran ellos quienes realizaron las obras. La justicia entiende que la cubierta es un elemento común y que el propietario debe asumir las consecuencias de las obras ilegales que se realizaron en ella aunque no fuera quien las llevara a cabo, sino propietarios anteriores.
Según la sentencia de 15 de julio de 2025, cuando compraronla vivienda en 2007 la vivienda ya tenía un acceso directo a la azotea, en la que había instalada una pérgola, iluminación, zona de descanso y una barbacoa de obra. A la azotea se accedía a través de una apertura en el hueco del forjado, que no se pudo acreditar quien realizó si ellos o los antiguos propietarios, pero en cualquier caso no figuraba en la escritura ni en el Registro de la propiedad.
Varios vecinos demandaron al considerar que se trataba de una ocupación indebida de un elemento común y, el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Ibiza les dio parcialmente la razón y ordenando a los propietarios a dejar de usar la azotea aunque sin obligarles inicialmente a demoler las instalaciones ni cerrar el acceso.
El propietario responde aunque no hiciera la obra
La Audiencia Provincial de Baleares por su parte aclaró en primer lugar que la la azotea constituye un elemento común del edificio, y según recoge la Ley de Propiedad Horizontal, no puede ser objeto de uso exclusivo ni de apropiación individual sin un título válido que lo autorice.
En estre sentido rechazó que que el paso del tiempo, la tolerancia de la comunidad o acuerdos no formalizados pudieran legitimar ese uso privativo, algo que alegaban los nuevos dueños.
La adquisición del derecho por usucapión fue descartada porque no se cumplían los requisitos que el Código Civil establece para ello, que son una posesión en concepto de dueño y con título justo.
En cuanto a devolver la azotea al estado original, la Audiencia consideró que se trataba de una acción real, es decir, una acción que recae directamente sobre el inmueble y no sobre la persona que realizó las obras. En aplicación de esta doctrina, consolidada por el Tribunal Supremo, da igual quien realizase las obras, si el antiguo dueño o el nuevo, el titular actual esta obligado a devolver a su estado original el elemento común aunque no haya sido el autor de las modificaciones.
Por todo ello, Audiencia concluyó que los propietarios debían demoler las instalaciones y restituir la azotea a su estado original, garantizando su uso común por todos los vecinos, conforme a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal.
No obstante, la resolución no fue firme y contra ella cabía interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

