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Confirmado por la ley de propiedad horizontal: la comunidad de vecinos puede obligarte a quitar la piscina hinchable de la terraza

La normativa permite exigir su retirada si supone un riesgo para el edificio o causa molestias a otros vecinos

Una piscina desmontable en la terraza de una vivienda
Una piscina desmontable en la terraza de una vivienda |Gemini
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:

El verano está a la vuelta de la esquina, y la subida de las temperaturas se nota ya en casi todos los puntos de España. Muchos propietarios ya empiezan a adaptar las viviendas a las subidas de las tempraduras, ya sea con la instalación del toldos e incluso pensando en poner una pequeña piscina en la terraza. Pero, ¿puede hacerse esto libremente sin el permiso de la comunidad? 

Hay que tener el cuenta que La Ley de Propiedad Horizontal establece ciertos limites sobre las obras e intalaciones, sobre todo cuando pueden afectar a la seguridad del edificio o a la convivencia y que, si se instala una piscina en la terraza de la vivienda, la comunidad puede exigir su retirada en el caso de que sea un riesgo o genere problemas. 

Aunque la ley no prohíbe expresamente este tipo de instalaciones, sí fija restricciones importantes. En concreto, el artículo 7.1 establece que no pueden realizarse obras o modificaciones que alteren la seguridad del edificio, su estructura, su configuración exterior o que perjudiquen a otros propietarios.

 Artículo 7.1 LPH | BOE
 Artículo 7.1 LPH | BOE 

En el caso de las piscinas desmontables o hinchables es importante tener esto en cuenta, ya que, dependiendo de si tamaño el peso del agua puede ser muy elevado, y la estructura del edificio puede no estar preparada para soportarlo. 

Los expertos advierten del riego de instalar una piscina en la terraza de una vivienda 

Aunque como se ha dicho la Ley de Propiedad Horizontal no exige de forma general pedir autorización para instalar una piscina hinchable o desmontable, esto no significa que pueda hacerse sin control. El Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE) ha acalorado que, en principio, no es necesario contar con la aprobación de la Junta de propietarios para poner una piscina en la terraza, aunque sí recomienda comunicarlo previamente a la comunidad.

El factor clave es, como se ha dicho la seguridad estructural del edificio, y es que un metro cúbico de agua equivale aproximadamente a 1.000 kilos, lo que puede suponer una sobrecarga importante para la terraza.

Por su parte, desde el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) advierten de los riesgos de instalar estas piscinas sin supervisión técnica. Su secretario general, Laureano Matas, señaló que “sin la necesaria supervisión de un profesional competente pueden producirse daños en las estructuras de los edificios y, en el peor de los casos, que la seguridad de las personas se vea amenazada”.

En la misma línea, desde el Consejo General de la Arquitectura Técnica de España insistieron en que los edificios están diseñados para unos usos concretos y que es imprescindible consultar con un técnico antes de instalar una piscina portátil en una terraza o forjado.