La trabajadora de una guardería es detenida en Almería por trato degradante a menores de 3 años

Según los autos, la trabajadora de la guardería insultaba a los pequeños de entre 0 y 3 años con los que trabajaba, mostrando además una actitud violenta.

Dos Guardia Civiles caminado en la calle
La trabajadora de una guardería es detenida en Almería por trato degradante a menores de 3 años Guardia Civil
Lucía Rodríguez Ayala

La trabajadora de una guardería ha sido detenida por trato degradante a niños de entre 0 y 3 años. Según las grabaciones entregadas en los juzgados, monitora despreciaba a los pequeños a través de insultos, expresiones malsonantes y una actitud agresiva. 

Estos hechos han tenido lugar en Aguadulce, en Roquetas de Mar (Almería), según la información obtenida por EFE de fuentes judiciales, y se han decretado una serie de medidas cautelares por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Roquetas de Mar para impedir que la trabajadora pueda acceder a un trabajo de las mismas características. 

Según la agencia, fue la propia directora del centro, quien tras asesorarse de forma legal decidió cesar a la monitora de su puesto e informar tanto a los padres como a la Guardia Civil, aportando también unas grabaciones que habría tomado previamente.  

El trato degradante por el que ha sido detenida 

En el auto se recogen algunas de las frases con la docente se dirige a los menores, y han llevado al juez a que puede haberse producido un delito de trato degradante y vejatorio del artículo 173 del Código Penal, entre ellas figuran: 

  • "Eh, no empieces porque es que te reviento esta mañana, me tienes hasta la polla, qué asco de niño"
  • "Eres un coñazo de los pies a la cabeza" 
  • "Es que es ridículo, ridículo, lo que tú haces es ridículo, mierda de niños"

Por todo esto, el juez consideró que se debían adoptar medidas cautelares al estar implicados menores de muy corta edad, "El material obrante en autos es, en este momento, suficiente para considerar que la investigada no debe continuar en contacto directo, desde la perspectiva laboral, con menores de edad"

El mismo recordaba que no se puede inhabilitar para el desarrollo de actividades profesionales de forma cautelar conforme al Código Penal, a lo que según la información de la agencia, añade "Es evidente que existen indicios de que la monitora no se encuentra capacitada en estos momentos para desarrollar su actividad laboral en el ámbito de la relación directa con los menores de edad (...) Del mismo modo, se desconoce a qué centros educativos irán destinados posteriormente quienes, hasta ahora, han sido sus alumnos. Es por ello que, en unión a las limitaciones de comunicación con los menores integrantes de la clase dirigida por la docente, debe acordarse una medida adicional".

Dicha medida, se traduce en la prohibición de acceder a cualquier centro donde se impartan o desarrollen actividades educativas o escolares con menores de edad, independientemente del tipo de actividad que se trate. 

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