Para aquellos trabajadores eventuales del campo el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tiene una prestación especial destinada a este sector cuando acaba la campaña agrícola y se encuentran en desempleo. Esta es la Renta Agraria, un ayuda económica especial que solo se concede a estos trabajadores que forman parte del colectivo que trabaja en el sector agrícola.
Pero no solo eso, sino que se trata de un subsidio que solo se entrega en dos territorios de España, estos son en Extremadura y en Andalucía. Pero, ¿por qué solo en dos comunidades autónomas? Mucho tiene que ver que sean las dos comunidades en las que más desarrollado está este sector profesional. Siendo, además, el principal potencial económico tanto de la comunidad andaluza como de la extremeña, creando así miles de puestos de trabajo.
Hay que recordar que este sector económico trabaja, en su gran parte, por campañas, esto es durante todo el tiempo en el que haya producto. Cuando se acaba, estos profesionales se incorporan al SEPE como demandantes de empleo, pudiendo acceder al cobro de la Renta Agraria, aunque para ello deben cumplir un total de 7 requisitos mínimos.
Los requisitos para cobra el paro agrario
El desempleado que se haya inscrito como demandante de empleo en el SEPE y viva en Andalucía o en Extremadura tiene que conocer que puede acceder al cobro de esta prestación de la Renta Agraria. Para poder cobrarla es necesario cumplir con una serie de requisitos imprescindibles establecidos por el Servicio Público de Empleo Estatal, que son:
- Formar parte del colectivo de trabajadores eventuales agrarios por cuenta ajena.
- Estar empadronado o viviendo en Andalucía o Extremadura durante un mínimo de 10 años.
- No haber cobrado un subsidio por desempleo agrario en los tres años anteriores de pedir la Renta Agraria.
- Estar inscrito en el Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social (SEASS) durante un tiempo concreto. Diferenciando si son mayores o menores de 45 años.
- Mayores de 45 años: Estar inscrito en un tiempo entre 5 y 20 años.
- Menores de 45 años: Estar inscrito durante un año de manera ininterrumpida.
- Tener cotizado a la Seguridad Social, al menos, 1 año como trabajador del SEASS.
- No tener ingresos superiores a los 750 euros al mes, el 75 % del SMI.
- Estar dado de alta como demandante de empleo y cumplir la búsqueda activa de empleo.
Requisitos para cobrar el subsidio agrario para mayores de 52 años
Si, por otro lado, el trabajador eventual agrario tiene 52 años o más, tiene que cumplir, además de las fijadas anteriormente, una serie de requisitos extra. Más allá de las 7 condiciones que se marcan en el apartado anterior, estos profesionales deben acreditar que se cumplen otros 4 requisitos, que son:
- Haber cumplido 52 años.
- Haber cotizado como trabajador agrario durante los 5 años anteriores a la solicitud de la Renta Agraria.
- Cumplir los requisitos para acceder a una pensión contributiva de jubilación menos la edad.
- Haber cobrado el subsidio por desempleo que el SEPE destina a estos trabajadores agrarios.
Si se cumplen todos estas condiciones mínimas que establece el Servicio Público de Empleo Estatal, será el momento en el que un trabajador pueda solicitar esta prestación. Para ello es tan sencillo como seguir una serie de pasos que se marcan en el artículo sobre cómo solicitar la Renta Agraria por internet, siendo la forma más cómoda y sencilla de solicitar el cobro de este subsidio por desempleo.
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