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Se muda a 275 km y le obligan volver a la oficina: ahora deben pagarle 1.000 euros por tardar en contestarle a su prórroga de teletrabajo

La empresa tardó más de 2 meses en contestar a la solicitud del empleado de seguir teletrabajando, como tenían acordado. Finalmente la denegó.

Un hombre teletrabajando en casa
Un hombre teletrabajando en casa |Envato
Esperanza Murcia
Fecha de actualización:
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La pandemia supuso un ‘boom’ del teletrabajo. Sin embargo, en los últimos años, hemos visto como muchas compañías, incluyendo las grandes tecnológicas, están exigiendo la vuelta a las oficinas. Ha sido el caso de Farrell, quien se mudó al oeste de Irlanda con su familia, a 275 kilómetros de la oficina, porque tenía un acuerdo de teletrabajo y, unos meses después, le han comunicado que tiene que volver a trabajar presencialmente.

Trabaja en Salesforce y, en el citado acuerdo, acordaron que podía teletrabajar y acudir a la oficina solo cuando fuera estrictamente necesario. Sin embargo, ahora le exigen trabajar presencialmente hasta 4 días a la semana. Es, de por sí, un problema familiar, pero también económico, porque encuentra una casa cerca de la oficina o tendrá que hacer más de 500 kilómetros todos los días. 

Tal como recoge el medio irlandés ‘RTE’, la queja de este trabajador es ya la novena resuelta por la Comisión de Relaciones Laborales (WRC), si bien es la primera vez que, en base la Ley de Equilibrio entre Vida Laboral y Disposiciones Varias que entró en vigor en 2023, se ha otorgado una indemnización de 1.000 euros por tardar la empresa en contestar a su solicitud de teletrabajo

La indemnización es solo por superar el plazo de respuesta

La WRC destaca que el reconocimiento de la indemnización, en este caso de 1.000 euros, es solo por superar el plazo de 4 semanas que establece la citada ley para contestar a las solicitudes de teletrabajo. Es en la única cuestión que se centran y no entran a valorar si el trabajador tiene derecho o no a seguir teletrabajando, porque excede de su potestad.  

En concreto, el empleado envío una solicitud formal de teletrabajo, conforme a la legislación, en la que exponía su necesidad de continuar trabajando en remoto, debido a la insostenibilidad de realizar un trayecto diario de ida y vuelta de 550 kilómetros. También alegó el “rendimiento demostrado en el trabajo remoto” y las “inconsistencias” en la política de regreso a la oficina de Salesforce, que, según afirmó, “permitía a otros empleados con funciones similares teletrabajar”.

Esta solicitud la presentó el 10 de junio de 2024, pero la empresa no respondió dentro del plazo de cuatro semanas, sino que lo hizo el 11 de julio de 2024, una vez vencido el plazo, y solicitando más tiempo. Finalmente, su solicitud fue rechazada el 26 de julio de 2024, nueve días después de que el trabajador presentara la queja ante la Comisión de Relaciones Laborales (el organismo que ha otorgado la indemnización).

Por su parte, las razones que dio la empresa para exigir el trabajo presencial fueron “el fomento de la colaboración”, la necesidad de mantener “reuniones presenciales con los responsables de contratación” y la “alineación con la estrategia global de trabajo híbrido [de Salesforce]”. Unos motivos que, para Farrell, contradecían los “acuerdos previos y comunicaciones internas” que, según él, habían “eliminado explícitamente” las reuniones presenciales de sus funciones.