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Los funcionarios pueden perder su puesto de trabajo si suspenden de forma continua la evaluación de su rendimiento

El Estatuto Básico del Empleado Público rompe el mito que existía sobre la plaza intocable y permite dejar en la calle y todo a un empleado público.

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López
El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López |Carlos Luján / Europa Press
Antonio Montoya
Fecha de actualización:

Existe la idea, instalada además desde hace varias décadas, de que los trabajadores que consiguen aprobar una oposición tienen una plaza laboral para toda la vida, pase lo que pase y cometan los errores que cometan, por así decirlo. Pero esto no es del todo así, ya que ya que hay normas en las que se recogen mecanismos con los que un funcionario podría incluso perder la plaza o, al menos, el puesto de trabajo que tiene. 

Y es que, si un trabajador del sector público muestra dejadez, falta de interés o no cumple con sus quehaceres o tareas como tiene que hacerlo, la Administración tiene todo el derecho a apartarle de su puesto de trabajo.

Así lo recoge de forma específica el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), que dice que las Administraciones Públicas tienen la obligación de establecer sistemas que permitan evaluar el desempeño de todos sus empleados. El objetivo de esto no es solo fichar al llegar y al salir por la puerta, para eso ya está el registro horario, sino medir de forma real y valorar la conducta profesional, la productividad y los resultados que consigue el trabajador en su día a día.

Qué pasa si el empleado público suspende esta evaluación continua

Si el trabajador no da la talla y obtiene resultados negativos de manera continuada en estos controles, las consecuencias dejan de ser una simple advertencia para convertirse en algo muy real. Y no es lo único, ya que aparte de poder perder su puesto estos trabajadores públicos también pueden perder parte de su sueldo.

El artículo 20 de esta ley dice expresamente que la continuidad en un puesto de trabajo está directamente ligada a las notas que saque en estos controles. De hecho, el texto legal lo respalda señalando literalmente en su apartado 4: "La continuidad en un puesto de trabajo obtenido por concurso quedará vinculada a la evaluación del desempeño de acuerdo con los sistemas de evaluación que cada Administración Pública determine, dándose audiencia al interesado, y por la correspondiente resolución motivada".

 captura del articulo 20 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP),
Artículo 20 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) | BOE

Entonces, ¿esto significa que se va a la calle? No exactamente. Ya que el objetivo de la norma es garantizar la eficacia de los servicios que se prestan a los ciudadanos, el empleado público no pierde su condición de funcionario de carrera, pero sí pierde ese puesto específico que había conseguido. La Administración le puede remover a través de una resolución motivada, por lo que se le tendría que reasignar a otro sitio distinto. Encima, este movimiento trae consigo consecuencias directas en su carrera profesional y, con toda seguridad, una bajada importante en sus retribuciones complementarias. Asimismo, la ley exige siempre dar trámite de audiencia al afectado para que este tenga la oportunidad de defenderse antes de que le quiten su destino.