
El Ministerio de la Seguridad Social lleva tiempo trabajando en lo que, en un principio, se conoció como la baja laboral flexible. Una propuesta que desde la cartera de Elma Saiz pusieron sobre la mesa en octubre de 204 con el objetivo de incorporar el modelo de las altas progresivas.
Este modelo consiste en flexibilizar la incorporación de los trabajadores a su puesto de trabajo en el caso de las bajas laborales de larga duración, siempre que el trabajador ya haya recibido el alta médica (nunca antes) y esté recuperado. Un matiz importante en el que incidió la ministra hace unos meses, quien aseguró que todos los avances que se hagan sobre esta propuesta se van a concebir con “la salud de los trabajadores en el centro”, así como en el marco del diálogo social.
Especialmente porque, en origen, esta medida fue muy polémica, provocando incluso un choque con la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. El motivo fue que, tal y como se presentó inicialmente, parecía que el objetivo de la Seguridad Social era que se pudiera compatibilizar “de forma voluntaria” un empleo con la incapacidad temporal. Un planteamiento que los sindicatos tacharon de desafortunado y que se recibió como una pérdida de derechos.
Ahora, la Seguridad Social, además de esta corrección, parece que ha profundizado aún más en la propuesta, presentando un documento a los agentes sociales. En este texto, al que ha podido acceder ‘El País’, se detalla que las altas progresivas solo se aplicarían cuando el trabajador esté curado y haya recibido el alta médica, como ya se sabía, en los procesos de larga duración, que sería aquellos que han superado los 180 días, y derivados de determinadas patologías (estas, al parecer, todavía no se habrían precisado).
Otros puntos que se habrían adelantado es que solo sería aplicable a los trabajadores a jornada completa o aquellos a tiempo parcial que trabajen más del 80% de la jornada ordinaria. Sobre la duración de estas altas progresivas, o bajas laborales flexibles, se podría aplicar en los casos citados durante un máximo de 30 días. En este periodo, los empleados trabajarían la mitad de su jornada ordinaria, recibiendo la parte que le corresponda de salario, a la vez que recibirían una prestación de la Seguridad Social equivalente al 50% de la prestación de incapacidad temporal que venían cobrando, para suplir esa mitad de salario que no recibirían.
Las mutuas podrían proponer el alta en las bajas por enfermedad común aunque superen los 365 días de duración
En el documento presentado a los agentes sociales, según el citado medio, también se habría incluido que las mutuas pudieran proponer el alta en los procesos de incapacidad temporal por enfermedad común aunque superen los 365 días de duración, es decir, en las bajas laborales de más de un año, que actualmente es competencia exclusiva del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Otra novedad, en los casos de las bajas de más de un año, es que las mutuas pudieran proponer a la inspección médica del INSS la derivación del trabajador a la incapacidad permanente, para que la Seguridad Social evalúe si reúne los requisitos para iniciar un expediente y tramitar dicha situación. Unas medidas que, para la cartera de Elma Saiz, vendrían a aliviar la sobrecarga de trabajo de la Inspección Médica.
En último lugar, otra propuesta de la Seguridad Social sería crear una regulación para los casos de bajas laborales de trabajadores pluriempleados, dados de alta en más de una actividad laboral. El planteamiento sería que pudieran estar dados de alta en una actividad a la vez que están de baja en otra, siempre que “a juicio médico” esto sea posible.