Buenas noticias para miles de familias aragonesas que tengan que hacer obras de rehabilitación energética en su edificio. El Gobierno de Aragón tiene abierto todavía el plazo para solicitar una ayuda adicional que puede alcanzar los 23.500 euros por vivienda, siempre que la persona que lo pida esté en situación de vulnerabilidad económica y la vivienda forme parte de un edificio que haya recibido subvención dentro del Programa 3 de rehabilitación residencial.
Según informa el propio portal web de Trámites del Gobierno de Aragón, donde aparece como “Ayuda adicional para la rehabilitación de viviendas por situaciones de vulnerabilidad económica” puede solicitarse hasta el 30 de junio de 2026, por lo que todo aquel interesado debe darse prisa. Eso sí, no se trata de una ayuda general para hacer cualquier reforma en casa, sino de un apoyo extra para viviendas que están en edificios que ya hayan obtenido resolución de concesión dentro del programa de rehabilitación a nivel de edificio.
Una ayuda extra de hasta 23.500 euros
La cuantía máxima de esta subvención depende del ahorro energético que se consiga con la obra. Y es que la normativa pone importes diferentes dependiendo de la reducción del consumo de energía primaria no renovable a la que se pueda llegar después de que se hayan hecho las reformas.
Así, por tanto, esta ayuda para viviendas que estén en al situación antes mencionada puede llegar a los 15.750 euros siempre que el ahorro energético sea de entre el 30% y menos del 45%; subir hasta 17.846 euros si el ahorro está entre el 45% y menos del 60%; y alcanzar el máximo de 23.500 euros cuando la reducción sea igual o superior al 60%. En estos casos, la ayuda puede cubrir hasta el 100% de la actuación subvencionable, dentro de esos límites.
Esto es importante porque la subvención funciona como un segundo nivel de apoyo. Primero, la comunidad de propietarios o el edificio debe estar dentro del Programa 3. Después, los vecinos que acrediten vulnerabilidad económica pueden pedir esta ayuda individual para que la derrama o el coste que les corresponda no se convierta en una carga imposible de asumir.
Quién puede pedir esta ayuda en Aragón
No cualquiera puede pedir esta ayuda ni cualquier tipo de vivienda, ya que solo están pensadas para personas que sean propietarias o usufructuarias de casas o pisos que a su vez estén incluidas en edificios que obtengan resolución de concesión dentro del Programa 3. Además, deben demostrar una situación de vulnerabilidad económica, por lo que no basta con vivir en un edificio que vaya a rehabilitarse.
El Gobierno de Aragón tiene una forma de medir esa vulnerabilidad y no es otra que los ingresos de la unidad de convivencia de los solicitantes. El límite será de hasta 2 veces el IPREM si no hay menores ni personas con discapacidad igual o superior al 33%. Sin embargo, este tope sube a 2,5 veces el IPREM cuando hay un menor o una persona con discapacidad; a 2,7 veces el IPREM si hay dos menores o personas con discapacidad; y hasta 3 veces el IPREM cuando haya tres o más menores o personas con discapacidad en la vivienda.
Asimismo, es unidad de convivencia el conjunto de personas que viven de forma habitual y permanente en la vivienda y que están empadronadas en ella justo en el momento de presentar la solicitud. Por lo que la Administración no revisa únicamente los ingresos de quien firma la petición, sino los de las personas que forman parte del hogar.
No vale cualquier reforma: debe mejorar la eficiencia energética
Uno de los puntos que conviene dejar claro es que esta línea está vinculada a la rehabilitación energética. Es decir, no se concede para hacer una reforma estética, cambiar muebles o realizar pequeñas mejoras interiores sin relación con el consumo energético.
El Programa 3 está pensado para financiar obras en edificios residenciales, incluidas viviendas unifamiliares, cuando se consiga una mejora acreditada de la eficiencia energética. De hecho, la regulación exige una reducción de al menos el 30% en el consumo de energía primaria no renovable y, con carácter general, una reducción de la demanda energética anual de calefacción y refrigeración, con porcentajes distintos según la zona climática.
En la práctica, pueden entrar actuaciones como el aislamiento de fachadas o cubiertas, la mejora de ventanas, la intervención sobre la envolvente del edificio o determinados trabajos que reduzcan el consumo energético. Asimismo, la normativa deja fuera las inversiones en generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil.
El edificio debe tener concedida la ayuda principal
Esta ayuda adicional no se solicita de forma aislada desde el principio. Tal y como recoge el trámite autonómico, está pensada para viviendas situadas en edificios que hayan obtenido subvención dentro del Programa 3. Entonces, una vez notificada la resolución provisional o definitiva de ayuda al edificio, los propietarios o usufructuarios que cumplan los requisitos disponen de un mes para solicitar esta ayuda adicional.
Por eso, aunque el plazo general figure abierto hasta el 30 de junio de 2026, hay que tener cuidado con ese plazo específico de un mes desde la notificación de la ayuda principal. Si la comunidad ya tiene resolución, conviene no esperar al último momento, porque el plazo individual puede empezar a correr antes de la fecha límite general.
Documentación que hay que presentar
El portal de Trámites del Gobierno de Aragón detalla que, junto a la solicitud, deberá aportarse documentación para acreditar la situación personal, económica y de vivienda. Entre los documentos que pueden exigirse están la acreditación de representación, si actúa otra persona en nombre del beneficiario; el acuerdo con el agente o gestor de rehabilitación, si existe; la autorización del resto de beneficiarios cuando haya más de uno; el volante o certificado de empadronamiento colectivo vigente; la declaración de la renta del último año disponible de las personas de la unidad de convivencia; y, en su caso, la acreditación de discapacidad o una declaración responsable de ingresos.
Asimismo, el trámite puede realizarse de manera electrónica, presencial o con ayuda del personal habilitado. La resolución tiene un plazo de 3 meses, y si pasado ese tiempo no se ha notificado respuesta, la persona interesada puede esperar a que la Administración resuelva o interponer el recurso correspondiente.
Una medida para que las obras no expulsen a los hogares vulnerables
Esta ayuda adicional busca evitar que una rehabilitación energética acabe siendo inasumible para los vecinos con menos ingresos. Y es que muchas comunidades necesitan actuar sobre fachadas, cubiertas o elementos comunes para mejorar el consumo del edificio, pero la parte que corresponde pagar a cada propietario puede suponer un problema serio para algunos hogares.
Con esta línea, el Gobierno de Aragón intenta que la mejora de los edificios no deje atrás a quienes tienen menos margen económico. Así, además de reducir el consumo energético y mejorar el confort de las viviendas, la ayuda permite que más familias puedan afrontar obras necesarias sin que la derrama se convierta en un obstáculo imposible.

