Hay veces que, se dan situaciones de tal gravedad en las oficinas públicas que el trabajador puede llegar a ser acusado incluso de cometer una infracción muy grave y ser apartado de su puesto, por lo que eso de que el puesto de un funcionario es intocable no siempre es así. Eso sí, aunque cualquiera pueda pensar que remover a un trabajador de su puesto puede suponer que pierda el sueldo automáticamente, lo cierto es que pueden seguir cobrando parte del salario incluso estando en casa y sin trabajar.
El ordenamiento jurídico cuenta con unos tiempos y unas garantías muy diferentes para evitar que se cometan injusticias con los empleados que desempeñan sus funciones en la administración pública. Hasta en los casos de que procedan a abrir un expediente disciplinario interno o de que el empleado se encuentre en un proceso judicial penal, sus superiores jerárquicos no pueden dejarle en la calle y sin ingresos así sin más, sino que se activa un mecanismo legal que ayuda en cierto modo al funcionario mientras que sirve a los intereses de todas las partes. Todo por conservar la presunción de inocencia también del empleado público.
Tal y como detalla el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), hay una posibilidad de apartar al empleado público que ha cometido la supuesta infracción o que está acusado de la misma sin que pierda por completo todos sus derechos como funcionario que su día obtuvo al sacarse la plaza pública. Dado que la presunción de inocencia es un derecho fundamental muy importante, y más en el sector público, la Administración recurre a una "suspensión provisional".
Cobrar la nómina sin poder ir a trabajar
Esto está regulado concretamente en el artículo 98.3 del TREBEP, que es el que habla de esas medidas provisionales que se pueden aplicar a los funcionarios que comentan cualquier infracción, ya sea por faltas muy graves o graves. La ley dice que "la suspensión provisional podrá acordarse también durante la tramitación de un procedimiento judicial, y se mantendrá por el tiempo a que se extienda la prisión provisional u otras medidas decretadas por el juez que determinen la imposibilidad de desempeñar el puesto de trabajo”.

A través de esta medida, la administración tiene derecho a dejar sin trabajo de forma temporal al funcionario con la idea de asegurar que no afecte en el desarrollo normal del expediente, no destruya pruebas o no altere el trabajo del resto de sus compañeros. Pero, a pesar de que lo lógico sería pensar que a final de mes no recibiría su nómina, lo cierto es que la ley protege al menos la parte básica de su sueldo. El mismo artículo señala a continuación: "El funcionario suspenso provisional tendrá derecho a percibir durante la suspensión las retribuciones básicas y, en su caso, las prestaciones familiares por hijo a cargo".
Esto significa que, aunque el funcionario esté apartado temporalmente de sus funciones y no vaya a la oficina, el Estado le seguirá ingresando el sueldo base y la cuantía de sus trienios incluso cada mes. Además, esta situación de espera no puede alargarse de forma indefinida, ya que la ley fija un límite legal para ello, aclarando que la suspensión provisional en un expediente disciplinario no podrá exceder de seis meses, salvo en el caso de que la paralización del procedimiento sea imputable al propio trabajador investigado.
Qué ocurre cuando se resuelve el expediente disciplinario
Esta situación de cobrar el sueldo base estando apartado en casa es, como su propio nombre indica, provisional. Así, el artículo 98.4 pone más límites a la norma dejando claro que se puede restablecer al funcionario a su situación original en cuanto a puesto de trabajo y retribuciones en cuanto se demuestre que no era culpable.
Si al final de todo el proceso se dictamina que el funcionario es culpable de los hechos y esa suspensión provisional se acaba elevando a una sanción definitiva, el castigo económico será definitivo y el empleado público ya no podrá hacer nada respecto de esa sanción. En ese escenario, el trabajador sancionado deberá devolver hasta el último céntimo de lo que ha percibido durante ese tiempo que estuvo apartado en su domicilio.
Pero, ¿qué pasa si el proceso demuestra que las acusaciones eran falsas y resulta ser totalmente inocente? En ese caso, la ley le da una protección absoluta para resarcir el tremendo daño causado. El texto legal estipula literalmente que "si la suspensión provisional no llegara a convertirse en sanción definitiva, la Administración deberá restituir al funcionario la diferencia entre los haberes realmente percibidos y los que hubiera debido percibir si se hubiera encontrado con plenitud de derechos".
Para entenderlo de forma práctica, la Administración tendrá que pagarle todos los pluses, complementos de destino y específicos que dejó de cobrar durante esos meses. Asimismo, la ley exige la inmediata reincorporación del funcionario a su puesto de trabajo y garantiza que todo ese tiempo se le computará como tiempo de servicio activo a todos los efectos, limpiando su historial también.

